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Un tribunal argentino revoca el sobreseimiento de un represor de la dictadura militar

Un tribunal argentino revoca el sobreseimiento de un represor de la dictadura militar

EFE

Buenos Aires —

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La Cámara Federal de Casación de Argentina dejó hoy sin efecto por unanimidad el sobreseimiento que se había dictado a favor del civil Luis Muiña en una causa en la que se le acusa de participar en los homicidios de dos empleados de un hospital durante la última dictadura cívico militar (1976-1983).

La Sala IV del tribunal ordenó que prosiga el juicio ante el Tribunal Oral en lo Criminal 2 de Buenos Aires por la muerte del médico del bonaerense Hospital Posadas Jorge Mario Roitman -quien permanece desaparecido- y de Jacobo Chester, ex empleado del Departamento de Estadísticas y Registros del mismo centro médico.

Como exintegrante del autodenominado “Grupo SWAT”, Muiña fue condenado en 2011 a 13 años de prisión en un juicio por la privación ilegal de la libertad y la imposición de torturas a múltiples víctimas -incluyendo a Roitman y Chester-.

Sin embargo, recientemente, una decisión judicial lo había desvinculado del proceso en el que se investigan de forma concreta los asesinatos de esos dos últimos empleados con el fundamento de que los hechos son los mismos que los de la causa previa, pero calificados jurídicamente de manera más grave, en violación a la garantía constitucional contra la persecución penal múltiple, conocida como “ne bis in ídem”.

Contra esta decisión, el magistrado de la Cámara Federal Gustavo Hornos reconoció que el “ne bis in ídem” alcanza a los juicios por graves crímenes contra la humanidad, pero entendió que en este caso no se encuentra acreditada la afectación a ese principio porque las conductas por las que acusa a Muiña resultan “distintas y escindibles de las torturas y las privaciones de la libertad por las que ya fue juzgado”.

Es así que Muiña, una vez revocado su sobreseimiento, vuelve a exponerle a una posible condena a prisión perpetua.

El acusado fue objeto de fuerte polémica a principios del pasado mayo, cuando la Corte Suprema de Justicia aplicó sobre él el cómputo del “2x1”, que establece que si la detención preventiva de un imputado dura más de dos años, a partir de entonces cada día se computará doble a la hora de establecer la duración de su condena.

Esa resolución, que el máximo tribunal del país dictó por mayoría y que en la práctica suponía una reducción de la pena por la que fue condenado en 2013, provocó un fuerte rechazo de los organismos de derechos humanos y motivó la sanción de una ley del Congreso Nacional que rechazó la aplicación del “2x1” a condenados por crímenes de lesa humanidad.

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