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Aprobados los decretos de creación de universidades y acreditación a docentes

Aprobados los decretos de creación de universidades y acreditación a docentes

EFE

Madrid —

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El Gobierno ha aprobado hoy dos nuevos reales decretos sobre universidades, el de acceso a los cuerpos docentes universitarios como el de creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y centros universitarios.

Así lo ha anunciado la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Con estos dos reales decretos culmina el proceso de reforma del sistema universitario español emprendido por el Ministerio de Educación en esta legislatura con el objetivo de “mejorar la calidad, internacionalización y especialización de la universidad”, ha resaltado la vicepresidenta.

El real decreto por el que se regula la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios modifica el sistema actual de selección y promoción del profesorado en las universidades para hacerlo homologable a los de otros países para mejorar los niveles de calidad docente e investigadora.

Así, se sustituye la actual acreditación universal del docente por la acreditación por ramas de conocimiento (Artes y Humanidades, Ciencias, Ciencias de la Salud, Ciencias Sociales y Jurídicas, Ingeniería y Arquitectura), si bien se prevé que un mismo solicitante con especialización multidisciplinar pueda acreditarse por más de una rama.

Se dará mayor relevancia a la calidad de la investigación y docencia, la transferencia de conocimiento y la experiencia profesional y menos a la gestión.

También se equilibra la calidad y cantidad de los méritos y se valorará la calidad de las contribuciones frente a una mera acumulación de méritos.

Las comisiones para la selección y promoción de los docentes estarán mucho más focalizadas hacia los ámbitos académicos y científico-técnicos.

Cada comisión -según ha informado el Ministerio de Educación en una nota- se especializa y evalúa únicamente áreas de conocimiento afines y las comisiones atenderán indistintamente las solicitudes de acreditación a profesor titular y a catedrático.

Se eliminan informes externos que “eran preceptivos pero ineficaces”, según Educación, que ha recordado que todas estas medidas se alinean en buena medida con algunas de las recomendaciones de la Comisión de Expertos para la Reforma Universitaria a la que el ministro, José Ignacio Wert, encargó un estudio.

Por su lado, el real decreto de creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y centros universitarios responde a la necesidad de revisión y actualización de la regulación de universidades y centros universitarios, que databa de 1991, ha recordado la vicepresidenta.

Supone la revisión completa de las exigencias administrativas y organizativas de creación de universidades y centros universitarios, ya que se flexibilizan el número de títulos que cada universidad debe tener y se actualiza el porcentaje de doctores para impartir grados.

Desde ahora se sustituye la exigencia de ofrecer 8 títulos (de los cuales al menos tres deben ser de segundo ciclo y al menos uno de ciencias experimentales o estudios técnicos) por la más flexible de ofrecer 8 títulos de grado y máster.

Asimismo, se regula la acreditación institucional (acreditación de centros) de acuerdo con las exigencias del Espacio Europeo de Educación Superior.

Esto permitirá a los centros que hayan obtenido la acreditación institucional renovar la acreditación de las titulaciones oficiales que impartan sin necesidad de someterse al procedimiento de renovación completo.

Se adaptan también los requerimientos de las enseñanzas en el ámbito de la salud a la realidad de las necesidades y práctica docente.

El decreto incluye nuevos elementos de supervisión y control de las universidades, que tendrán que presentar anualmente una memoria de actividades docentes e investigadoras, y en el plazo máximo de 6 meses aportar un plan de medidas correctoras para regularizar una situación irregular.

Las universidades privadas, además, tendrán la obligación de presentar un plan de viabilidad y cierre para el caso de que su actividad resulte inviable.

Por último, se regulan los requerimientos de las enseñanzas no presenciales (online), que hasta ahora no lo estaban.

En lugar de la ratio 1 personal docente investigador por cada 25 alumnos, las universidades que impartan enseñanzas en la modalidad no presencial podrán disponer de uno por cada 50 y cada 100 alumnos en función del nivel de experimentalidad de las titulaciones y de la mayor o menor semipresencialidad.

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