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La Audiencia de Madrid reabre la causa contra el arzobispo de Oviedo por estafa

EFE

Madrid —

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La Audiencia Provincial de Madrid ha acordado reabrir la causa contra el arzobispo de Oviedo y máximo dirigente de la Asociación religiosa Lumen Dei, Jesús Sanz, acusado por 268 religiosas de la organización de realizar ventas irregulares del patrimonio de la institución por 12,7 millones de euros.

En un auto, al que ha tenido acceso Efe, la Sección 23 de la Audiencia de Madrid estima el recurso de apelación presentado por al Asociación Privada Lumen Dei y 268 asociadas contra el auto de inadmisión y archivo de la querella dictado por el Juzgado de Instrucción número 22 de Madrid.

Fue en marzo de 2015 cuando se interpuso una querella contra Sanz y dos personas más por los delitos de apropiación indebida, administración desleal, daños, estafa, delito societario, hurto, coacciones, contra la Seguridad Social, falsedad documental, contra los derechos de los trabajadores, contra la libertad de conciencia y los sentimientos religiosos, contra la fauna.

Lo hicieron tras recibir dos demandas de desahucio de las empresas que han adquirido los inmuebles de los números 17, 19 y 21 de la calle Xuclà de Barcelona, donde viven las 268 afectadas.

Ellas afirman que Lumen Dei se divide en dos organizaciones independientes. La Asociación privada Lumen Dei, que es la que dispone de todo el patrimonio y a la que aseguran pertenecer, y la Unión Lumen Dei, que es la que depende del Vaticano.

Y añaden que la Santa Sede nombró Comisario Pontificio de la Unión Lumen Dei a Sanz, aunque este “maniobró” para proclamarse también el líder de la Asociación, según explican a Efe.

Por ello, entienden que el arzobispo de Oviedo no puede vender pisos ni edificios sobre los que no tiene potestad alguna.

No obstante, la otra parte afirma a Efe que no existen dos asociaciones diferentes y, por tanto, Sanz puede realizar ventas. Es más, asegura que esas 268 personas son exmiembros de Lumen Dei y están ocupando ilegalmente inmuebles que no les pertenecen.

Hubo que esperar ocho meses para que el Juzgado 22 incoase diligencias previas, si bien el pasado 25 de julio decretó la inadmisión a trámite de la querella y el sobreseimiento de la misma.

La magistrada consideró que los querellantes no ostentan la representación legal de la Asociación Lumen Dei y por ello carecen de legitimación para querellarse en su nombre; y estimó que de los hechos no se deduce suficientemente la producción de perjuicio económico a la asociación por la venta de ciertos inmuebles.

Esta decisión fue recurrida en contra del criterio del fiscal que también cree que Sanz es el representante legal de la asociación, por lo que los querellantes carecen de legitimación para el ejercicio de la acción penal.

En 2009, el Vaticano nombró Comisario Pontificio de Lumen Dei al arzobispo de Oviedo, como así quedó constancia en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia, pero los querellantes niegan la legalidad de dicho nombramiento.

Además del desahucio de las religiosas, le acusan de vender ilegalmente el Colegio Saint Mary of Fátima en Pozuelo de Alarcón (Madrid), de aceptar obligaciones pecuniarias inasumibles para la asociación y del pago de gastos personales con cargo a la misma.

La Audiencia Provincia no distingue entre las dos organizaciones y considera a Sanz como el representante legal de Lumen Dei, como así queda reflejado con “incuestionable nitidez” de la resolución de 2009 del Ministerio de Justicia.

En consecuencia, “es notorio que los querellantes no pueden arrogarse la representación legal de dicha entidad religiosa ni querellarse en su nombre”, como así sostiene el entorno de Sanz.

Ahora bien, los magistrados precisan que la causa debe reabrirse ya que la querella se hace también en nombre de 268 personas.

Igualmente, destacan que entre las numerosas conductas denunciadas, muchas de ellas no tienen cabida en el Código Penal, pero en cambio otras sí, como el impago de cuotas de la Seguridad Social, apropiación indebida de dinero de particulares, vulneración del derecho al secreto de las comunicaciones postales y telefónicas.

Al respecto, explican que la juez no se pronunció sobre estas figuras, de ahí que la Sala sostenga que la inadmisión fue “precipitada”.

No es ésta la única causa contra Sanz presentada en los juzgados, pues hay una denuncia pendiente de ratificación en el Juzgado de Instrucción número 1 que no sólo se dirige contra el arzobispo de Oviedo, sino también contra el de Cuenca, José María Yanguas, por una supuesta estafa.

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