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Jurista cree que se puede negar prestación social a europeo que busca empleo

EFE

Bruselas —

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El abogado general Melchior Wathelet del Tribunal de Justicia de la UE consideró hoy que se puede negar determinadas prestaciones sociales a ciudadanos comunitarios que se desplacen a otro Estado miembro para buscar trabajo si se hace para proteger el equilibrio del sistema nacional de Seguridad Social.

Sin embargo, si la persona afectada trabajó anteriormente en dicho Estado, esas prestaciones no pueden denegársele de forma automática, sin examen individual, aclara el jurista en una sentencia emitida hoy.

El Tribunal de Justicia ya declaró en el pasado que los Estados miembros pueden excluir de la percepción de prestaciones de asistencia social a los ciudadanos de la Unión que se desplacen a su territorio sin voluntad de encontrar trabajo en ellos.

En esta ocasión, el Tribunal Federal de lo Social de Alemania pregunta a la máxima instancia judicial europea por el caso concreto de una madre sueca y sus tres hijos, nacidos en Alemania, para saber si es legal denegarle las prestaciones pese a que la mujer busca empleo en el país, en el que además ya trabajó durante cierto tiempo en el pasado.

El abogado general entiende que hay dos casos en los que la exclusión de las prestaciones es legítima: cuando un ciudadano comunitario se desplaza a otro Estado miembro sin el objetivo de buscar trabajo y el país necesita preservar el equilibrio financiero del sistema de Seguridad Social nacional, y, por las mismas razones, cuando se desplace para buscar trabajo.

En cambio, estima que las prestaciones de que se trata no pueden denegársele automáticamente a un nacional de un Estado miembro que reside desde hace más de tres meses en el territorio de otro Estado miembro donde ha trabajado.

En este contexto, recalca que la exclusión automática sería contraria al principio de igualdad y dejaría al ciudadano sin la posibilidad de demostrar la existencia de un vínculo real con el Estado miembro de acogida.

Las conclusiones del abogado general no son vinculantes para el Tribunal de Justicia de la UE, aunque suelen inspirar su decisión final en la mayoría de los casos.

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