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Recurren ante el Constitucional la absolución de las activistas de Femen por interrumpir una marcha antiaborto

Detenidas cinco activistas de Femen tras irrumpir en una marcha antiabortista

EFE

Madrid —

La Asociación Enraizados en Cristo y en la Sociedad, que ejerce la acusación particular en la causa contra las cinco activistas de Femen por irrumpir semidesnudas en una marcha antiabortista el 17 de noviembre de 2013, ha recurrido ante el Tribunal Constitucional la sentencia absolutoria.

Fuentes jurídicas han informado a EFE de que la Asociación Española de Abogados Cristianos, que representa a Enraizados en el procedimiento, ha presentado ya un recurso de amparo ante el TC, y han añadido que en el caso de que sea rechazado acudirán al Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo.

La Audiencia Provincial de Madrid confirmó la absolución de las cinco activistas de Femen, entre ellas su líder Lara Alcázar, juzgadas por interrumpir en una marcha antiabortista en Madrid en noviembre de 2013, en el primer juicio celebrado en España contra miembros de ese colectivo.

En la sentencia, la Sección 29 de la Audiencia de Madrid desestimó el recurso de apelación de la Fiscalía y de Enraizados en Cristo y en la Sociedad contra la resolución de 29 de julio de 2016 dictada por el juzgado de lo Penal número 19 de Madrid.

La acusación particular argumenta en su recurso que se ha vulnerado el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva al “existir un error en la apreciación de la prueba”. En concreto, advierte de “indefensión” al señalar que la jueza consideró que la declaración de los policías que asistieron al lugar de los hechos fue parcial.

Además, alega el principio de subsidiariedad, es decir, que han agotado todos los recursos posibles, especial trascendencia constitucional porque se trata del derecho fundamental de reunión; e innecesariedad, dado que si alguien está en desacuerdo con algo no tiene porque vulnerar el derecho de los demás.

Las jóvenes fueron absueltas de los delitos de desórdenes públicos, exhibicionismo, contra el ejercicio de los derechos fundamentales y uno más de resistencia a agentes de la autoridad. El fiscal pedía nueve meses de cárcel y multa de 1.800 euros para cada una de ellas y Enraizados hasta seis años y medio de prisión.

El tribunal considera probado que las cinco irrumpieron en el recorrido de la manifestación con el torso semidesnudo y trataron de acercarse a la cabecera coreando consignas a favor del aborto.

No obstante, los magistrados explican que con esta acción “las acusadas solo pretendían dar publicidad a sus ideas mediante una actuación inapropiada y con ocasión de una manifestación autorizada que defendía posturas contrarias a las de las acusadas”.

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