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Las universidades pueden optar por carreras de tres años desde mañana

Las universidades pueden optar por carreras de tres años desde mañana

EFE

Madrid —

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Las universidades pueden optar a partir de mañana por implantar carreras de entre tres y cuatro años, según el real decreto que flexibiliza la duración de las titulaciones de grado, que hoy publica el BOE.

La norma no precisa fecha o curso alguno desde el que las universidades podrán ofrecer voluntariamente titulaciones de menos de cuatro años, sino que se limita a decir que entrará en vigor “el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado”.

No obstante, la Conferencia de Rectores de las Universidades (CRUE) acordó ayer por amplia mayoría darse una moratoria de dos cursos para aplicar la reforma, de manera que los campus no ofrezcan a los estudiantes carreras de tres años antes de 2017.

El real decreto, de cuatro páginas, argumenta que existe una “discrepancia” entre la configuración de los estudios universitarios en España y en la mayoría de países del Espacio Europeo de Educación Superior, lo que “dificulta la internacionalización” de los titulados españoles.

Recuerda que, con carácter general, los grados del sistema español son de 240 créditos (cuatro años), a lo que se debe añadir un máster de 60 créditos (un año) si un estudiante quiere acceder posteriormente al doctorado.

En los países del entorno, se justifica, los alumnos pueden cursar el doctorado tras superar grados de 180 créditos (dos años) y másteres de 120.

Así, para “garantizar la internacionalización” de los estudiantes, es “necesario dar la posibilidad de homogeneizar en los casos en que sea conveniente” la duración de los estudios universitarios con la de éstos en los países del entorno.

Con la nueva norma, “las titulaciones de grado en España tendrán que tener, con carácter general, un mínimo de 180 créditos y un máximo de 240” (quedan excluidos los estudios de profesiones reguladas).

Los planes de estudio de los grados primarán “la formación básica y generalista y no la especialización”, según el real decreto.

Cuando los grados duren menos de cuatro años, las universidades arbitrarán mecanismos que “complementen” el número de créditos de la carrera con el del máster, de manera que éste se oriente hacia una “mayor especialización”.

Los grados contendrán “toda la formación teórica y práctica” que el estudiante deba adquirir, incluido un trabajo de fin de carrera de entre seis créditos y un 12,5 % de la formación total.

La formación básica del grado debe ser de al menos el 25 % de todos los créditos de la titulación; al menos el 60 % de aquellos deberán ser de materias de la rama de conocimiento a la que se adscriba el título.

Las prácticas externas, si las hubiera, supondrán un máximo del 25 % de los créditos de la carrera.

El reconocimiento de créditos entre titulaciones de la misma rama será de al menos el 15 % en las materias de formación básica.

A los matriculados en grados de 240 créditos que se vayan a extinguir o transformen en otros de duración inferior, se les aplicará la regulación por la que hubieran comenzado los estudios.

Para acceder al doctorado será necesario haber obtenido previamente la titulación de grado y la de máster y sumen 300 créditos como mínimo.

Los grados de al menos 300 créditos por exigencias de la UE, con al menos 60 de tipo máster, podrán obtener la adscripción de posgrado correspondiente del nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (Meces).

“La medidas incluidas en esta norma no podrán suponer incremento de dotaciones ni de retribuciones ni de otros gastos de personal”, según el real decreto, que modifica el de 2007 de ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales y el de 2011 que regula el doctorado.

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