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Calidad 'versus' cantidad

José Miguel González Hernández

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Es cierto que es muy complicado jubilarte en el mismo centro de trabajo en que comienzas a ejercer tu vida profesional por primera vez. Eso de tener el reloj comprado como premio de jubilación en el momento de firmar tu contrato ya solo está al alcance de la nostalgia/ciencia ficción.

Por ello, asumiendo que el sistema de relaciones laborales ha cambiado, pues en nombre de la llamada flexibilidad/adaptabilidad se ha apostado por generar una ansiedad a la hora de culminar objetivos casi diarios que son capaces de triturar a personas a un ritmo vertiginoso, no es menos cierto que el recetario existente en materia de contratación tiene un uso determinado para todas las circunstancias que se quieran alcanzar. Es decir, igual que no se usa un escalpelo para cortar un bistec ni para pelar papas, sino para hacer una incisión quirúrgica, del mismo modo no se usa un contrato temporal para cubrir un puesto estructural en la empresa.

Por esta razón, antes de iniciar la aventura de la contratación, más allá de los miedos iniciales a la hora de establecer una inversión en un recurso humano al que solo conocemos a través de un currículo, se hace necesario analizar todas las modalidades contractuales existentes, igual que el capítulo de estas que tiene algún tipo de bonificación (no gratuita, sino dirigida con motivos de discriminación positiva hacia determinados colectivos que, por una razón u otra, tiene desventajas comparativas objetivas que les impiden competir en igualdad de condiciones).

En este sentido, existe una tipología de más de cuarenta contratos laborales, aunque se pueden agrupar en tres modalidades. Por un lado, está el contrato indefinido, tanto por jornada completa como por jornada parcial. Por el otro, está el contrato temporal, con veintidós rúbricas, siendo las más conocidas las del contrato por obra y servicio, y el eventual por circunstancias de la producción, el cual no puede exceder de los seis meses en un periodo de un año o de doce en dieciocho meses, o el contrato de interinidad, como modo de sustitución de miembros de una plantilla durante un tiempo concreto por determinadas circunstancias.

El otro grupo se circunscribe hacia los jóvenes, a los que se les puede ofrecer un contrato bonificado de formación y aprendizaje, configurándose como una opción para aquellas personas menores de 25 años que quieran tener los primeros contactos profesionales con el mercado de trabajo, o el contrato en prácticas, el cual tiene como objetivo las personas que hayan finalizado sus estudios de forma reciente, con una duración mínima de seis meses, prorrogables hasta dos años y disfrutando de determinadas bonificaciones.

A su vez, si no se tiene posibilidades (por la razón que sea) de poder ser acreedor de un puesto de trabajo a través de un contrato dependiente, está la modalidad de contrato mercantil, de forma que te puedes configurar tu propio puesto de trabajo como potencial suministro de servicios.

Por ello, elegir la mejor de las opciones para que una persona forme parte de nuestra estructura de negocio es una de las tareas importantes y complicadas a la hora de consolidar la empresa que hemos creado, de forma que, haciendo el consiguiente proceso de selección, no olvidemos que es tan o más importante el modo de vinculación, porque de él pende una buena parte de identificación con los valores con que pretendemos competir en un mercado donde la fidelización está siempre circunscrita al incentivo.

*Economista

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