El último informe sobre el Mamotreto ratifica la “imposibilidad de legalizarlo”

Imagen aérea de la zona del barranco de Las Huertas y la playa de Las Teresitas.

Noé Ramón

El informe elaborado por la directora Técnico Jurídica de la Gerencia de Urbanismo, Luisa del Toro, sobre la forma de cumplir la sentencia del conocido como caso Mamotreto deja poco lugar para la especulación y es de una contundencia sorprendente. La técnica recurre en gran parte del documento de cuarenta páginas al uso de mayúsculas y a los subrayados con negrita, al parecer, con el fin de eliminar cualquier duda o doble lectura sobre sus conclusiones.

A grandes líneas éstas se pueden resumir en una frase: “El Mamotreto es ilegalizable y debe ser demolido en su totalidad”. En su documento, Del Toro rechaza uno por uno los argumentos esgrimidos durante los últimos meses en el sentido de que era posible legalizar estas obras a través de un Plan Especial o por medio de una modificación del Plan General. En el primer caso, porque no estaba aprobado ni siquiera inicialmente cuando se dictó la sentencia inicial, y en el segundo porque las previsiones que se apuntan en el documento de situar un aparcamiento en este enclave son meramente indicativas.

Pero en ambos porque no existe normativa vigente territorial y urbanística que permita la legalización de la obra, y además no ha habido ningún cambio en las circunstancias fácticas o jurídicas que hagan modificar lo que ya han reflejado otros informes. “No cabe considerar la imposibilidad legal o material o la mera expectativa de un futuro cambio normativa, una futura modificación de la normativa urbanística para leglizar obras ilegales, lo que supondría una vulneración flagrante” de la ley.

La directora niega otro de los argumentos esgrimidos desde el grupo de gobierno. En ningún momento se invitó desde el Juzgado al Ayuntamiento a legalizar vía planeamiento las obras declaradas ilegales, “puesto que tal actuación de producirse sería nula y contraria a derecho”. Además, cualquier maniobra en este sentido “podría dar lugar a la comisión de un delito de prevaricación urbanística y un nuevo atentado grave a la colectividad”.

Advierte la técnico que un cambio de planeamiento no implica de forma automática la legalización de las edificaciones que no cumplían con la normativa anterior. El intento de utilizar el plan especial con este fin “hace incurrir en la denominada insinceridad de la desobediencia disimulada”, y de haberse hecho así el acuerdo “sería nulo de pleno derecho e incurriría en desviación de poder y sin perjuicio de las de las responsabilidades penales a que hubiera lugar”.

No de forma casual gran parte del informe reitera argumentos que se han repetido hasta la saciedad durante los últimos meses y que la mayoría municipal de gobierno había puesto en duda. Por ejemplo, que la sentencia es firme, que un previsible cambio normativo del planeamiento no es razón para no cumplirla en sus estrictos términos y que no existe impedimento físico o jurídico para ejecutarla. Pero sobre todo el informe concluye con una afirmación rotunda: “El Plan Especial de Ordenación del Frente de la Playa de Las Teresitas no es instrumento ni constituye norma para legalizar las obras acometidas y declaradas judicialmente ilegales”.

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