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¿Debe indemnizarse a los etarras que fueron víctimas del franquismo?

El Gobierno vasco dictamina que los etarras 'Txiki' y Otaegi son víctimas de "sufrimientos injustos". / Efe

Rafael Escudero

Como era de esperar, la decisión de la Comisión de Valoración de vulneraciones de derechos humanos y sufrimientos injustos -creada por el Parlamento y el Gobierno vasco- de conceder una indemnización a Ángel Otaegi y Juan Paredes Manot, Txiki, en calidad de víctimas de la violencia de motivación política acaecida en Euskadi durante los años finales del franquismo e inicios de la transición ha suscitado un enorme revuelo entre la derecha y sus voceros mediáticos. Diarios como La Razón o El Mundo afirman que el Gobierno socialista de Patxi López se ha preocupado, antes de abandonar Ajuria Enea, de confundir y equiparar a asesinos y víctimas. Por su parte, asociaciones de víctimas como la AVT o Dignidad y Justicia, junto con los habituales tertulianos televisivos, han calificado la decisión de “repugnante”, “inmoral” o “depravada”.

Antes de analizar la medida, repasemos los hechos que la motivan. Txiki y Otaegi fueron -junto con Ramón García Sanz, José Luis Sánchez Bravo y Xosé Humberto Baena- los últimos fusilados por la dictadura franquista el 27 de septiembre de 1975. Acusados de pertenecer a ETA los dos primeros y al FRAP los tres restantes, fueron todos ellos condenados a muerte por distintos crímenes y asesinatos en consejos de guerra sumarísimos llevados a cabo en agosto y septiembre de ese mismo año, ya en los estertores finales del franquismo. Si algo caracterizó a estos consejos de guerra -como a tantos otros que se hicieron durante la dictadura- fue el absoluto desconocimiento de los derechos de defensa y las garantías procesales que asisten a cualquier detenido, sea o no terrorista. Estos consejos de guerra eran auténticas farsas, que repugnan a una mínima cultura democrática y de respeto a los derechos humanos, cuyas sentencias condenatorias estaban dictadas antes de celebrarse las vistas.

Durante muchos años la democracia española ignoró esta realidad. A resultas del pacto de olvido que impuso la transición, quedaron en la más absoluta indefensión las víctimas de la violencia política ejercida desde o con el apoyo de autoridades y agentes del Estado durante los últimos años del franquismo y los primeros de la incipiente democracia. Un olvido que la ley de memoria histórica de 2007 intentó romper, de una forma ciertamente tímida, al incorporar en su articulado una indemnización para los familiares de quienes hubiesen fallecido o sufrido lesiones incapacitantes entre 1968 y 1977 en defensa de la democracia.

No obstante, el decreto que desarrolló esta ley en noviembre de 2008 -bajo el Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero, recuérdese- se encargó de rebajar el alcance de esta indemnización, al excluir de su ámbito de aplicación a “quienes hayan pertenecido o pertenezcan a bandas o grupos armados”. Es este un punto cuestionable del decreto. En primer lugar, porque se trata de un requisito restrictivo de derechos que no aparece en la ley, de manera que bien puede calificarse como una extralimitación de la competencia del Gobierno en su labor reglamentaria. Cualquier estudiante de primer curso de Derecho sabe que el Gobierno no puede introducir en el desarrollo de las leyes criterios restrictivos o limitativos de su alcance. Hay, pues, un grave problema de legalidad sobre el que tendrían que pronunciarse los tribunales.

En segundo lugar, es cuestionable también el contenido de esta cláusula reglamentaria. Se niega la indemnización a quienes pertenecieran a grupo armado, sin tener en cuenta ni el grado de participación ni el tenor de sus actividades, deslegitimando así de forma absoluta una buena parte de las acciones llevadas a cabo frente a un régimen dictatorial y violador de los derechos humanos como fue el franquista. Este es el argumento que se ha utilizado por parte del Gobierno español para negar la indemnización a los familiares de algunos de estos últimos cinco fusilados que sí la habían solicitado.

Lo incoherente de la decisión del Gobierno de España es que, para acreditar la condición de formar parte o militar en banda armada, se recurre precisamente a las sentencias de los consejos de guerra anteriormente citados. Es decir, que un régimen democrático utiliza como prueba denegatoria de indemnizaciones a víctimas de violaciones de derechos humanos unas sentencias dictadas en consejos de guerra atentatorios contra los más elementales derechos de defensa. Sentencias y órganos que, por cierto, la propia ley de memoria histórica califica como injustas e ilegítimos, respectivamente. Entonces, ¿con qué nos quedamos? ¿Con su carácter injusto o con su plena aplicación a este tipo de supuestos?

En definitiva, organismos e instituciones de un Estado democrático como el español siguen reconociendo validez a sentencias dictadas durante la dictadura y en flagrante violación del derecho a un juicio justo que la Constitución de 1978 dice proteger.

En la comunidad autónoma vasca se ha intentado poner remedio a esta insuficiente normativa estatal. Así, en el año 2011 el Parlamento vasco aprobó -con los votos en contra de PP y UPyD- una proposición no de ley sobre víctimas de violaciones de derechos humanos y sufrimientos injustos producidos en el contexto de violencia política de los años 1960 a 1978. Una violencia ejercida por funcionarios o agentes del Estado bajo un contexto de impunidad que impedía no sólo su efectiva investigación, sino incluso la propia denuncia de los hechos, y que en la comunidad autónoma vasca se dejó sentir con fuerza hasta bien entrados los años ochenta.

Bajo el mandato de esta proposición, el Gobierno vasco aprobó en junio de 2012 un decreto por el que se conceden indemnizaciones económicas a las víctimas de esta violencia política institucionalizada, derivada de acciones de funcionarios, autoridades o agentes de orden público, siempre que la persona afectada no estuviera desarrollando alguna actividad violenta. Téngase en cuenta, además, que el desamparo sufrido históricamente por estas víctimas es todavía mayor si se compara con las víctimas del terrorismo, cuya legislación recoge abundantes y adecuados mecanismos de protección y reparación.

De acuerdo con este decreto, es una Comisión de Valoración formada por personas nombradas a propuesta del Gobierno y del Parlamento vasco el órgano competente para acreditar la condición de víctima y otorgar la correspondiente indemnización económica: 135.000 euros en caso de fallecimiento. En su primera actuación ha resuelto favorablemente, junto con otras solicitudes, la petición de los familiares de Txiki y Otaegi al considerar vulnerado su derecho fundamental a un juicio justo.

Desde la cultura del respeto a los derechos humanos y la lucha contra la impunidad, hay razones para valorar positivamente esta decisión de la comisión. En primer lugar, es el primer reconocimiento oficial por parte de una institución pública de las graves violaciones a los derechos humanos cometidas por los consejos de guerra que resolvieron estos casos. A fin de cuentas, fueron órganos del Estado español quienes violaron tales derechos y justo es que sean órganos del mismo Estado -aunque sea en este caso un Gobierno autonómico- los que reconozcan esas vulneraciones de derechos e intenten repararlas.

En segundo lugar, es un refrendo a la aplicabilidad de los derechos humanos -en este caso, de los derechos de defensa- por encima de la condición de terrorista o no de toda persona que va a juicio.

En tercer término, supone dejar bien claro que, por horrendas que fueran las acciones supuestamente realizadas por Txiki y Otaegi, un Estado democrático no puede aceptar ni conceder efectos todavía hoy a las sentencias de los consejos de guerra por las que fueron condenados.

Finalmente, esta decisión viene a proclamar que todas las víctimas de graves violaciones de derechos humanos merecen igual reconocimiento, respeto y protección por parte de las autoridades del Estado. Efectivamente, no hay razones que justifiquen una categorización de víctimas, un estatuto diferente para unas y otras. Aun sin ser suficiente, es muy importante el paso dado por esta comisión. Ojalá el nuevo Gobierno vasco profundice en esta senda de reconocimiento de derechos a las víctimas de la violencia institucional, dignifique su situación e incorpore su relato -el de su sufrimiento durante tanto tiempo olvidado- al espacio público.

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