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La Fiscalía pide ampliar la condena a Rodrigo de Santos por abusos sexuales a un segundo preso

El exteniente de alcalde de Palma Rodrigo de Santos

Pedro Águeda

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La Fiscalía de Madrid ha recurrido la condena de dos años a Rodrigo de Santos por abusos sexuales a un preso en la ONG en la que ejercía un puesto de responsabilidad. El Ministerio Público pide que el fallo sea redactado de nuevo y sume a esa condena al menos siete agresiones sexuales a un segundo recluso, que también pasaba los permisos penitenciaros en una casa de acogida de la Fundación Padre Garralda-Horizontes Abiertos.

La fiscal Dolores Ramírez Gordillo solicitó en el juicio 20 años de cárcel para De Santos, cinco por la agresión sexual que consideró acreditada el tribunal y otros 15 por el mismo delito, cometido en al menos siete ocasiones contra otro recluso. De esta acusación se libró De Santos porque, aunque el tribunal consideró creíble el testimonio de la víctima, no había pruebas suficientes para que derivara en una condena, según recoge el fallo de la Audiencia Provincial. 

De Santos ya había sido condenado en otro procedimiento por los abusos cometidos contra dos menores, amigos de sus hijos, pero el Tribunal Supremo rebajó considerablemente la condena de la Audiencia de Palma. Tras salir de la cárcel, el expolítico comenzó como voluntario en la ONG del Padre Garralda, con un patronato muy vinculado al Partido Popular. Pese a sus antecedentes terminó contratado y como responsable de las casas de acogida de los presos, con los que se quedaba a solas en ocasiones. La Fiscalía considera que abusó de ellos chantajeándoles con informar a Instituciones Penitenciarias en contra de nuevos permisos. En la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, la ONG resultó condenada como responsable civil subsidiaria. 

En su sentencia, las magistradas consideraron probado que De Santos llevó a su domicilio a un joven recluso el 8 de noviembre de 2016 en uno de los permisos de los que gozaba. Le dio de beber alcohol, le intentó besar y le tocó el pene, según el relato de los hechos. Para la condena resultaron determinantes los mensajes de whatsApp que De Santos le había enviado previamente. “La verdad es que me encantaría que fueras mío', 'si fueras bisexual como yo tendrías un 100%', 'me voy a dormir Rachid [nombre figurado], si quieres bajar a dormir a mi cama te dejo abierto', 'prometo tratarte con mucho mimo y respeto, como si fueras mi hijo… mi casa es tu casa y mi cama es tu cama, que sepas que me encantaría que estuvieras aquí a mi lado para dormir abrazado a ti, te quiero mi Rachid'”, recogen esos mensajes.

En el caso del otro joven no existe más que la descripción de los abusos que Rodrigo de Santos habría cometido contra él valiéndose del “prevalimiento” que le daba su cargo en la ONG, según lo definió en el juicio la Fiscalía. Pese a que absuelve a De Santos de los abusos a este segundo recluso, la Audiencia de Madrid considera el testimonio de Benjamín [nombre figurado] “creíble, verosímil e incluso persistente”, según recuerda la fiscal en su recurso, al que ha tenido acceso elDiario.es. 

La sentencia valoró negativamente que la víctima añadiera detalles en las sucesivas declaraciones que prestó en fase de instrucción. Para la Fiscalía, esta circunstancia resulta “lógica”. Los delitos contra la libertad sexual provocan, alega, “un estado de estrés postraumático en las víctimas, las cuales, a medida que van superando su miedo y se van recuperando en su salud mental, recuerdan nuevos datos que de manera natural incorporan en sus declaraciones”.

El fallo que condenó a De Santos alude a un posible “ánimo espurio” de la víctima, consistente en buscar un cambio de aval, del que le concedía la ONG a otro de tipo familiar. Sin embargo, la Fiscalía alega que ese aval ya estaba concedido cuando Benjamín se decidió a acudir a comisaría a denunciar los hechos. Por último, la sentencia alude al hecho de que la denuncia de Benjamín se produjera tiempo después del último supuesto abuso. En este caso, la Fiscalía recupera jurisprudencia en forma de cuatro sentencias del Tribunal Supremo que descartan que esa dilación se trate de un elemento que reste credibilidad al testimonio si no, más bien, una reacción de “normalidad en las víctimas”.

El Ministerio Público rebate que el testimonio de Benjamín “carezca de elementos de corroboración”. Cita en este sentido los testimonios de referencia en el caso de personas que, si bien no presenciaron las agresiones, sí “tuvieron conocimiento del relato de la víctima en los momentos previos o inmediatamente posteriores a la interposición de la denuncia”. “Incluso algunos de estos testigos presenciaron directamente el estado que presentaba en esa época (caída del cabello, lloro incontrolado, estado de ánimo cambiante...)”.

La defensa: la víctima mandaba mensajes de ánimo a su supuesto verdugo

Por su parte, la defensa de Rodrigo de Santos ha recurrido igualmente el fallo pero reclamando que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid lo absuelva del delito de abuso sexual contra Rachid. Consideran que el joven ha presentado “múltiples incongruencias” en sus diferentes testimonios y que el tribunal comete “un error claro y manifiesto” con las fechas en las que se produjeron los whatsApp con Rodrigo de Santos respecto al momento en el que se produjeron los hechos, lo que no los corroboraría sino todo lo contrario. 

Otros mensajes posteriores a los hechos, que reproduce la defensa en su escrito, no muestran precisamente “rechazo o repulsa” hacia De Santos, como cuando Rachid le traslada su apoyo, con muestras de cariño, al publicarse un chat de trabajadores de la ONG los antecedentes penales del que fuera valor emergente del PP balear. “Se pregunta mi representado si una persona víctima de abuso remitiría un mensaje de ánimo y motivación a su verdugo. La respuesta es obvia: no”.

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