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La Justicia suspende las restricciones de la hostelería en Tenerife

La Justicia suspende las restricciones de la hostelería en Tenerife
Santa Cruz de Tenerife —

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Santa Cruz de Tenerife, 29 jun (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha suspendido la ejecución de las medidas contra el coronavirus que afectan a la hostelería en Tenerife al considerar que este sector “no puede ser torturado por la incertidumbre más absoluta del ahora cierro, mañana abro”.

El TSJC se ha pronunciado en un auto difundido este martes en el que resuelve las medidas cautelares solicitadas por la hostelería tras las nuevas restricciones impuestas por el Gobierno de Canarias por el aumento de contagios en la isla de Tenerife.

En concreto suspende el cierre del interior de los locales de hostelería y la limitación al 50 por ciento del aforo en las terrazas.

Contra este acuerdo del Gobierno de Canarias del 23 de junio interpuso un recurso contencioso-administrativo la Federación de Áreas Urbanas de Canarias (FAUCA), que solicitó al TSJC la medida cautelar urgente y positiva de suspender dicho apartado.

En el auto dictado hoy el TSJC indica que del contenido del informe de salud pública se evidencia que la isla de Tenerife mantiene una elevada incertidumbre sobre la evolución de la pandemia pero señala que, en principio, ni el cierre de los locales de hostelería ni la limitación del aforo de las terrazas se han demostrado como causas de esta situación “ni se prevén como las soluciones”.

Además indica que la situación no es “dramática para la presión asistencial, pero que sí constituye todo un drama para el sector de la restauración y hostelería”.

Agrega además que las medidas están justificadas en un informe “que se confiesa deficitario en el nivel de certidumbre de dónde se producen los contagios, pero los reconoce dentro de los sectores más jóvenes y no por vinculación” con el sector de la hostelería.

Advierte asimismo de que atenta contra la lógica jurídica, que de una forma predeterminada, sin distinciones, se restablezcan medidas que ya se aplicaron en enero de este año “cuando el nivel de contagio y alerta no resiste comparación.

Alude también el tribunal a la preparación del sector de la hostelería “fácilmente comprobable” en cualquier establecimiento tanto por la amplitud en las terrazas exteriores como descongestión de las interiores y grado de preocupación, limpieza y precauciones que se ven “por doquier” en el servicio prestado dentro de este sector.

Alude también al agravio comparativo que ocasiona el perjuicio económico que se causa a la restauración y hostelería, un sector esencial y estratégico para la supervivencia de la economía de la isla, que ha venido sufriendo durante estos últimos meses “un verdadero calvario” que es la causa principal de la pérdida del 13 % del PIB, a la cabeza de los peores datos entre las comunidades autónomas.

En cuanto a la urgencia de la medida, el TSJC manifiesta que un sector basado en la dispensación de productos primarios y de difícil conservación en muchos casos, “amén de una precariedad laboral constatable, no puede ser torturado por la incertidumbre más absoluta de ahora cierro, mañana abro y pasado el Gobierno dirá”.

“Un mínimo de seguridad jurídica y laboral requiere la hostelería y la restauración para no quedar al pairo de evoluciones semanales de los contagios sino a situaciones indubitadas en donde se demuestre que el sector es el causante de los contagios y dentro de las limitaciones que suponen los ámbitos territoriales”, prosigue el TSJC.

El Tribunal da tres días de plazo al Gobierno de Canarias para que presente las alegaciones que estime oportunas.

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