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La juez Alaya impone 410 millones de euros en fianzas civiles a nueve imputados

EUROPA PRESS

En un auto dictado el pasado 27 de mayo, al que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada de Instrucción número 6 de Sevilla impone además una fianza civil de 14,7 millones a su mujer, Patrocinio Sierra, y decreta el embargo de siete fincas propiedad de la pareja y ubicadas en las provincias de Jaén y Granada, ya que “la elevada cuantía de las eventuales responsabilidades pecuniarias hace aconsejable invertir la regla general y decretar el embargo de bienes de cada uno de los imputados”.

De igual modo, fija una fianza civil de 1,9 millones para el cuñado de Lanzas, Ismael Sierra, y decreta el embargo de cuatro fincas de la entidad Maginae Solutions, de la que figura como socio único el imputado; de 111,7 millones de euros a los exdirectivos de Vitalia María Vaqué, Eduardo Pascual y Antonio Albarracín, y cinco millones para la esposa de éste último, María José Marcos, embargando al matrimonio un total de 22 fincas registradas a su nombre o a nombre de la sociedad Permar 21.

Igualmente, impone una fianza de 15,2 millones al extrabajador de Vitalia Jesús Bordallo, a quien embarga tres fincas, y de 400.000 euros para Rosser Masa, administradora de Fortia Vida, mientras que no impone fianza alguna al exdirector general de Trabajo Francisco Javier Guerrero tras no haberlo pedido la Fiscalía Anticorrupción y haberle impuesto el pasado mes de marzo de 2012 una fianza civil de 686 millones.

La juez argumenta que, “aunque, a día de hoy, faltan elementos importantes que puedan influir en la cuantificación de dichas responsabilidades, conociendo por el avance de la investigación que sólo podrían justificar un incremento de las mismas, resulta procedente el dictado” de dichas fianzas de responsabilidad civil.

Al hilo, la magistrada relata que Pascual y Vaqué eran gerentes de Vitalia y “ocuparían los primeros puestos en la escala de mando”, y a ellos “le seguirían” el director de Vitalia, Antonio Albarracín, y Bordallo, mientras que, “a continuación e independientemente de los anteriores, se situaría” Juan Lanzas, “antiguo sindicalista con importantes contactos que ejercería para Vitalia labores comerciales a comisión”.

“Todos ellos orquestarían una operación perfectamente determinada”, y es que “el negocio, enormemente rentable para Vitalia, sería la concesión continuada por la Junta de ayudas sociolaborales instrumentadas mediante pólizas de renta colectiva que aquella intermediaba, pues por la contratación de las mismas la mediadora Vitalia cobraría unas sobrecomisiones elevadísimas, muy por encima de la media del mercado”, y que se cuantifican “provisionalmente” en 21,2 millones.

El papel de Lanzas, “esencial”

La juez considera que “para conseguir tal provecho” los imputados “influirían activamente mediante sus contactos y relaciones personales, con empresarios, sindicalistas y, sobre todo, con autoridades de la Junta, siendo por ello esencial el papel de Lanzas en la concesión de tales subvenciones, y por ende en la distracción de fondos públicos derivada de la arbitraria contratación de numerosas pólizas de prejubilación financiadas con ellos, adjudicada directamente a la citada mediadora sin celebración de concurso público, proceso tan caro para la Administración que, salvo alguna excepción puntual, sólo se ha conocido en la Junta, para lo cual fue la práctica habitual durante más de 10 años”.

Alaya considerado acreditado que, con el importe “pactado” de estas sobrecomisiones, “no sólo se podían abonar suculentos honorarios a Lanzas por su labor comercial, sino utilizar parte de esas sobrecomisiones millonarias en gratificar indiciariamente de manera continuada a sindicatos y a ciertos responsables de la Administración”, punto en el que cita a Guerrero.

En esta actuación “parece claro el papel de conseguidor” de Lanzas “por sus intensos conocimientos y relaciones con Administración y sindicatos, siendo por ello persona grata para los empresarios”, señala la juez, que resume que el imputado habría intervenido en la negociación de los expedientes de 12 empresas, entre las que se encuentran Mercasevilla, Río Grande, Surcolor, Nexprom, Zoilo Ruiz Mateos o Primayor.

“Viajes de placer”

A juicio de la juez, la intervención de Lanzas en dichos expedientes “habría consistido” en obtener a través de sus “influencias” con Guerrero “y con otros responsables” de la Administración la concesión de las subvenciones, “es decir, la financiación pública de los procesos de prejubilación de estas empresas, que equilibrarían o rejuvenecerían sus plantillas a coste cero, la inclusión de los intrusos, ya fueran de interés para ciertas autoridades de la Junta, para los sindicatos o respondieran a un interés personal, y en obtener para Vitalia la gestión del proceso de prejubilación instrumentado a través de pólizas de renta colectiva”.

Respecto a su esposa, la juez dice que su responsabilidad vendría determinada “por el indiciario conocimiento de la actividad delictiva de su marido, relativa a la obtención de ayudas sociolaborales, actividad que realizaba de modo profesional en virtud de la influencia y acceso que tenía sobre determinados cargos de la Junta, siendo así que esta influencia pudo hacerse evidente” para la imputada, “al menos a través de los viajes de placer que realizó” junto a su marido y a Guerrero y su esposa, “viajes que fueron abonados por Lanzas”.

A juicio de la instructora, Patrocinio Sierra “fue partícipe de las importantes ganancias obtenidas por aquél, sin que las mismas pudieran estar lícitamente justificadas por la actividad laboral comercial que ejercía” su esposo, concluyendo por todo ello que “sería conocedora de la procedencia ilícita del dinero obtenido” por Lanzas. Además, “conociendo el ilícito origen de los ingresos de su marido, se habría concertado con él para la incorporación de los mismos al tráfico legal a través de la adquisición de cinco inmuebles”.

En relación al cuñado de Lanzas, Alaya asevera que “pondría a disposición de su cuñado varias sociedades de la que él era administrador, fundamentalmente Maginae Solutions, para que el mismo, de manera oculta, pudiera aprovecharse de las ganancias obtenidas que derivaban de las pólizas financiadas por la Junta”.

Sobre, Bordallo, dice la juez que su responsabilidad “vendría determinada por su condición de delegado regional de Andalucía de Vitalia, pleno conocedor de las supuestas ilicitudes que se produjeron en las pólizas de dicha mediadora y financiadas por la Junta y con un papel activo según la declaración de empleados de Vitalia en la colocación, gestión y seguimiento de intrusos, los llamados 'especiales de Bordallo'”.

En relación a Roser Massa, señala que actuó como presunto testaferro de Eduardo Pascual y María Vaqué, “bien con conocimiento del origen ilícito del dinero con el que se realizarían los negocios jurídicos en los que interviniera” la mediadora, “o en su caso no adoptando las precauciones necesarias para que su participación no favoreciera la comisión delictiva de éstos últimos”.

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