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“La sentencia de 'la manada' evidencia la distancia entre las víctimas de violencia de género y el sistema judicial”

LA SECCIÓN SEGUNDA DE LA AUDIENCIA DE NAVARRA DICTA SENTENCIA SOBRE "LA MANADA"

Javier Ramajo

Amparo Díaz Ramos, especialista en violencia de género y miembro de la asociación internacional de juristas Inter Iuris, ha echado de menos “perspectiva de género” en el tribunal que ha juzgado y sentenciado a los miembros de la autodenominada 'manada'. Reconoce que no guardaba muchas esperanzas teniendo en cuenta el desarrollo del juicio y hace una crítica a los operadores jurídicos y a las discrepancias en la materia. A su juicio, eso demuestra que “nuestro sistema de formación, de valores, de interpretación judicial de las leyes, es insuficiente”.

Abogada en ejercicio desde 1989, especialista en victimología, violencia psicológica, sexual, de género, sobre menores y cibercrimen, atiende telefónicamente a eldiario.es Andalucía apenas un par de horas después de conocer que, según la justicia, no hubo violación, solo abuso sexual. Asegura no haber visto aún la sentencia pero el simple conocimiento del fallo le lleva a hacer algunas reflexiones.

¿Cuál es su primera impresión de la condena a 'la manada'?

Mi primer análisis, sin leerla, es que es una sentencia tibia e insuficiente porque, según nuestro Código Penal, las relaciones sexuales con intimidación se consideran agresiones sexuales y a mí me parece que esta mujer con estos cinco hombres difícilmente no pudo ser intimidada.

¿Qué falta en la sentencia?

Creo que falta un análisis de perspectiva de género. Es una sentencia que entronca con otras muchas que vienen a exigir que exista una violencia física, un rechazo y una defensa física por parte de la mujer para que se considere agresión sexual. Me parece que falta totalmente la perspectiva de género.

Tampoco logro entender por qué no condenan por el delito contra la intimidad con la información pública que hay de la grabación, de pasarla por whatsapp, etc. No llego a entender jurídicamente cuál es el argumento que se hace cuando la intimidad ha sido vulnerada, cuando había pruebas de sobra.

¿Comprende que vaya a generar alarma social?

Creo que es una sentencia que, unida al tratamiento que ha tenido la víctima durante el desarrollo del juicio, comprendo que esté generando una alarma social, porque ahora mismo hay una distancia enorme entre nuestro sistema judicial y las víctimas de violencia de género. No solamente es este caso, sino en general, no está garatizado en España que las víctimas, cuando acuden a la administración de justicia, en todo momento reciban un tratamiento acorde a lo que han vivido. Y fallamos muchas veces los operadores jurídicos de todos los ámbitos, también de la abogacía.

El tribunal considera que no hubo intimidación, ¿qué le parece?

Por eso digo que falla la perspectiva de género, porque una mujer ante cinco hombres, con la historia de nuestra humanidad a nuestras espaldas, es decir, que a una mujer rodeada de cinco mujeres en un portal no le entra miedo de que la vayan a violar, pero una mujer rodeada de cinco hombres que te van quitando la ropa o te van tocando, si tú aplicas la perspectiva de género, es una intimidación. La intimidación que da la manada.

Que se lo digan a las chicas cuando salen del colegio y se acercan cuatro chicos a tocarle los genitales. ¿A qué no es lo mismo que vaya un solo chico y tú te vuelvas y le digas “qué haces, guarro”? Si lo hacen cuatro o cinco, la chica se calla. Si por la calle una persona te pega un empujón, tú le respondes, pero no lo haces si vienen cuatro o cinco. Es una presión psicológica sobre tu voluntad gracias al grupo. De verdad, yo no sé qué necesitan para que haya intimidación.

¿Qué consecuencias cree que puede tener esta sentencia?

Creo que las organizaciones de mujeres y de hombres que también están aterrados ante la violencia sobre las mujeres van a reclamar cambios en la legislación y cambios en nuestro sistema judicial. A lo mejor es que hace falta una ley que expresamente diga que cuando hay más de un hombre se debe considerar intimidación. A lo mejor hay que ponérselo blanco y en botella. No nos olvidemos que en España ha habido sentencias que no se condenaba por agresión o por abuso sexual porque el hombre había interpretado que la mujer iba con una minifalda y que le estaba provocando. Es que hay que ver de dónde venimos también.

¿Se ha podido perder una oportunidad para atajar con contundencia este tipo de acciones?

Yo creo que habría sido importante una sentencia con perspectiva de género, que comprendiera lo que es intimidación para una mujer respecto de un grupo de hombres, no intimidación en general. Pero tampoco tenía grandes esperanzas de que lo hicieran por el tratamiento que se ha dado durante el juicio, porque nada más el hecho de que se admitiera la prueba del detective ya evidenciaba que no había ninguna perspectiva de género en el tribunal.

¿Qué se desprende de este fallo judicial?

A las víctimas, por un lado, se las está animando desde las instituciones para que no se queden bloqueadas, para que rehagan su vida, pero por otro se está usando eso para cuestionar que ha vivido un trauma. No había perspectiva de género ni siquiera victimología. Una cosa que evidencia esta sentencia es la distancia entre las víctimas de violencia de género y el sistema judicial, y por otro lado, entre el Derecho y los estudios sobre victimología, donde se tiene en cuenta no solo las características de la víctima sino la combinación de distintos agresores, el hecho de que haya más de uno que intimida, el acompañamiento, la actuación en conjunto. Y, sin embargo, los juristas no recibimos formación sobre victimología, sino formación sobre criminología, sobre los derechos y necesidades de los criminales. La sentencia lo evidencia bastante.

¿Qué opinión le merece que uno de los magistrados sostenga que realmente habría que absolver a los acusados?

Eso ya me parece absolutamente surrealista. Y me parece preocupante que un magistrado pida la absolución en un caso como este, con las evidencias que se han recibido. Lo digo con respeto pero, con la información que tengo, resulta bastante alarmante. Tanta discrepancia, y discrepancias tan extremas, creo que denotan también hasta qué punto no tenemos suficiente formación en esta materia los juristas, ya que tiene que ser una formación multidisciplinar.

¿Dice que no hay uniformidad de criterios en la materia?

Llevo muchos casos de violencia de género en los que la discrepancia es constante entre el juez de Instrucción y la Audiencia. Muchísimas discrepancias, más que en cualquier otra materia. A mí eso me evidencia que algo está fallando. Y aquí, en el mismo tribunal, después de haber estado hablando entre ellos mucho tiempo, el hecho de que haya unas discrepancias tan relevantes demuestra que nuestro sistema de formación, de valores, de interpretación judicial de las leyes, es insuficiente.

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