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Anticorrupción decide no recurrir la decisión de Alaya de pedir información adicional de empresas públicas

Anticorrupción decide no recurrir la decisión de Alaya de pedir información adicional de empresas públicas

EUROPA PRESS

SEVILLA —

Por medio de un auto dictado el pasado día 23 de diciembre de 2014, la juez Mercedes Alaya decidió solicitar dicha información, lo que motivó que el Ministerio Público le pidiera que aclarara el auto y delimitara “el objeto y finalidad” de la diligencia solicitada, pues “la investigación 'per se' de los ilícitos que pudiesen constituir en relación a cada una de las singulares entidades reseñadas son ya objeto de investigación” por el Juzgado de Instrucción número 16 de Sevilla.

Tras ello, la juez notificó esta semana un nuevo auto en el que zanjó que “no procede aclarar” el auto de 23 de diciembre al entender que “no existe concepto oscuro” en el mismo que haya que aclarar, no obstante lo cual “no existe inconveniente alguno en ampliar la fundamentación acerca de la razonabilidad” de lo solicitado en dicha resolución, tras lo que la Fiscalía se ha dado por satisfecha y ha decidido no recurrir la decisión adoptada por Alaya, según han informado fuentes judiciales.

Así, la instructora explicó que solicitó dicha documentación “sólo a los efectos de la presente investigación”, consistiendo la prueba “en la aportación de los informes adicionales que haya realizado la Intervención General de la Junta sobre el uso de las transferencias de financiación en otras empresas públicas de la Junta”.

CONOCIMIENTO DEL CONSEJO DE GOBIERNO

Esta información, según la juez, “resulta útil y necesaria para constar el alcance sobre el uso de tal partida presupuestaria para la realización de encargos de ejecución y subvención excepcionales, pues tal uso fue evidenciado en los Presupuestos anuales realizados por la Intervención de Acuerdo del Consejo de Gobierno sobre las actuaciones de fiscalización permanente sobre dichas empresas en los ejercicios 2005 a 2007, las cuales fueron elevadas a la Consejería de Hacienda, y por ésta al Consejo de Gobierno, quien aprobó tales actuaciones”.

La juez Alaya asevera en el auto, fechado el 30 de enero, que “esto ya por sí solo pondría de manifiesto el indiciario conocimiento del uso generalizado de las transferencias de financiación por parte del consejero de Hacienda y altos cargos de dicha Consejería, así como por el Consejo de Gobierno”.

“Por ello, conociendo el contenido del informe adicional elaborado por la Intervención General respecto a IDEA, resulta de especial trascendencia conocer los informes adicionales que se hubiesen elaborado respecto de estas otras empresas, razón por la que se solicitó a la Junta de Andalucía la aportación de dicha documental”, subraya.

La juez, al hilo, reclamó a la representación legal de la Junta que, en el plazo de cinco días, “presente la documentación reclamada” en el auto de 23 de diciembre, señalando que una vez reciba dicha documentación decidirá sobre la petición de la acusación que ejerce el PP-A para que se cite nuevamente a declarar como imputado al exinterventor general de la Junta Manuel Gómez Martínez y para que se reciba declaración testifical a la exinterventora general Rocío Marcos Ortiz.

LA JUNTA YA RECURRIÓ

La acusación que ejerce la Junta, cabe recordarlo, recurrió el auto de 23 de diciembre al entender que éste plantea una “investigación prospectiva que puede dar lugar a una causa general prohibida por la Ley”.

Así, el recurso de apelación se fundamenta en que se trata de un asunto que “ya está siendo investigado” por el Juzgado de Instrucción número 16 de Sevilla y en que la competencia para conocer este caso “sería del Tribunal Supremo o del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA)”.

Junto a ello, el gabinete jurídico de la Junta considera “que no existe fundamento alguno para extender la investigación a otras entidades de la Junta” dado que la propia argumentación razonada enviada por la juez Alaya al Supremo dice textualmente que “la investigación se ciñe a la averiguación de hechos relacionados con la concesión de ayudas sociolaborales y ayudas directas a empresas por parte de la Consejería de Empleo”.

Asimismo, los letrados de la Junta también consideran que el citado auto supone una “investigación prospectiva que puede dar lugar a una causa general prohibida por la Ley y con grave riesgo de que la Junta vea frustrada sus legítimas aspiraciones como parte perjudicada por los hechos que se investigan por la dilación del procedimiento y por la posibilidad de prescripción de los delitos”.

EL AUTO

En su auto, la instructora reclamó a la Consejería de Hacienda de la Junta los “expedientes íntegros, tal y como fueron remitidos por la Intervención General de la Junta de Andalucía, de las propuestas de acuerdo de Consejo de Gobierno relativos a los programas de control financiero permanente de las empresas públicas de la Junta relativos a los años 2005, 2006 y 2007”, con sus respectivos anexos, memorias y modificaciones.

Al hilo de ello, la juez pidió a la Intervención General los informes adicionales “que se hubiesen realizado en Extenda, Egmasa, Epdasa, Giasa, RTVA y Tursama o en cualquier otra empresa pública”, todo ello “a fin de determinar el paralelismo entre lo acontecido en la agencia IDEA con lo ocurrido en estas otras empresas públicas”.

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