Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
Israel se prepara para una ofensiva en Rafah mientras el mundo mira a Irán
EH Bildu, una coalición que crece más allá de Sortu y del pasado de ETA
Opinión - Pedir perdón y que resulte sincero. Por Esther Palomera

El TSJA absuelve a UGT Andalucía y avala el despido colectivo de 159 trabajadores tras un segundo juicio

Carmen Castilla, secretaria general de UGT-A

Javier Ramajo

Más de dos años después, el Tribunal Superior de Justicia (TSJA) ha vuelto a considerar que el despido colectivo de 159 personas de UGT-A a finales de 2012 se ajustó a derecho y que “no hubo mala fe” en el sindicato. En noviembre, el Tribunal Supremo había anulado el ERE y ordenaba repetir el juicio después de respaldar el recurso de casación que plantearon los extrabajadores. Ahora, el TSJA se reafirma en lo que ya dictó y absuelve al sindicato, si bien la sentencia vuelve a ser recurrible.

La Sala de lo Social del TSJA en Málaga, en una sentencia fechada este 2 de julio, a la que ha tenido acceso eldiario.es/Andalucía, “no aprecia mala fe en la postura negocial de la empresa” sino “al contrario, UGT Andalucía ha realizado ofertas y contraofertas (elevación, en dos ocasiones, de la indemnización por el despido para el personal de estructura hasta los 30 y 33 días de salario; creación de bolsa de trabajo para los afectados del 'programa Orienta'), coherentes con las necesidades económicas y organizativas impuestas por las causas alegadas”.

“Si no se alcanzó a la postre acuerdo, no puede achacarse a una posición de mala fe negocial de la empleadora sino a un desencuentro de posturas”, lo que conduce a la Sala al “rechazo de  la causa formal de la impugnación de la medida extintiva colectiva”, dice la sentencia. “Los trabajadores afectados por el despido colectivo lo han sido en atención a determinados criterios de selección de naturaleza objetiva”, añade el fallo, que desestima “en su integridad” la demanda de los empleados y, por distintas circunstancias, las impugnaciones que habían planteado.

Las partes, en una audiencia celebrada el pasado 24 de junio, manifestaron su conformidad con todas las actuaciones practicadas, dos años atrás, en el acto del primer juicio. El fallo del TSJA califica de nuevo como “ajustado a derecho” el despido colectivo comunicado a la representación de los trabajadores con fecha 28 de diciembre y fecha de efectos de 9 y 12 de enero de 2013.

El primer juicio se celebró a mediados de mayo de 2013 por conflicto colectivo presentado por la sección sindical de los trabajadores de UGT-A, a raíz de la presentación del ERE promovido en enero de 2013 por el sindicato, que afectaba a 159 trabajadores (130 vinculados al programa Orientay 29 trabajadores de estructura del sindicato). El TSJA dictó sentencia a finales de ese mismo mes considerando que el despido colectivo se ajustaba a derecho, como ahora ha ratificado.

Etiquetas
stats