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La Mesa del Parlamento andaluz asigna a los grupos las subvenciones para gastos de funcionamiento y personal

Pleno del Parlamento de Andalucía.

Europa Press

La Mesa del Parlamento ha acordado las cuantías correspondientes a las subvenciones para los grupos parlamentarios para este año, destinadas a gastos de funcionamiento y de personal.

El acuerdo de la Mesa sobre las subvenciones se acordó el pasado miércoles y ha sido publicado en el Boletín Oficial del Parlamento (BOPA).

El artículo 25 del Reglamento del Parlamento establece que la institución “pondrá a disposición de los grupos parlamentarios locales y medios materiales suficientes y les asignará, con cargo a su

presupuesto, las subvenciones necesarias para cubrir sus gastos de funcionamiento“.

Según el acuerdo de la Mesa de la Cámara, la subvención general para gastos inespecíficos de funcionamiento que se asigna a cada grupo distingue entre una subvención fija idéntica para todos los grupos --29.588,85 euros mensuales desde 2008--, y otra variable en función del número de diputados de cada uno de ellos, que ha sido corregida en el caso de los dos grupos mayoritarios “a fin de que la subvención final resultante por diputado para ambos sea idéntica”, en virtud de un acuerdo de la Comisión de Gobierno Interior y Peticiones de 21 de mayo de 2008, corroborado año tras año sin modificación alguna desde entonces.

Asimismo, los grupos parlamentarios perciben una subvención adicional, también directa, destinada a gastos de personal, sujeta a criterios de determinación distintos de los anteriores.

En este sentido, en lo que respecta a la subvención para gastos de funcionamiento, el grupo de PSOE-A percibirá 3,79 millones; PP-A, 2,66 millones; Podemos, 1,43 millones; Ciudadanos, 944.430 euros, y IULV-CA, 713.954 euros.

En cuanto a subvenciones para gastos de personal, los grupos de PSOE-A y PP-A percibirán una cantidad idéntica de 245.760 euros y los de Podemos, Ciudadanos e IULV-CA, de 188.131 euros.

Las mencionadas subvenciones se abonarán trimestralmente, con carácter anticipado, en el primer mes de cada trimestre. Asimismo, de la liquidación de subvenciones regulada por este acuerdo referida al primer trimestre se deducirán los anticipos concedidos los pasados 1 de febrero y 8 de marzo de 2017.

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