Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
Noticia de agencia

Noticia servida automáticamente por la Agencia Europa Press

Esta información es un teletipo de la Agencia Europa Press y se publica en nuestra web de manera automática como parte del servicio que nos ofrece esta agencia de noticias. No ha sido editado ni titulado por un periodista de eldiario.es.

La jueza Núñez archiva el caso ERE contra el exviceconsejero de Innovación Gonzalo Suárez

La juez envía de nuevo al TSJA el contrato del diputado Carmelo Gómez (PSOE)

Europa Press

La juez María Núñez Bolaños, que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos, ha archivado la causa abierta contra el exviceconsejero de Innovación de la Junta de Andalucía Gonzalo Suárez Martín.

En un auto fechado el día 30 de marzo, consultado por Europa Press, la magistrada de Instrucción número 6 de Sevilla toma esta decisión después de que la Audiencia Provincial de Sevilla haya exculpado al exviceconsejero de la pieza 'política' de los ERE.

La juez argumenta que los hechos por los que fue investigado en la pieza 'política' de los ERE “son los mismos” que se indagan en la causa matriz relativos a su condición de viceconsejero de Innovación desde el 8 de mayo de 2004 hasta el 19 de marzo de 2005.

“Habiéndose sobreseído respecto a dicho interviniente” en la pieza separada del procedimiento específico por el que se concedieron las ayudas investigadas, “y no apreciándose en las presentes diligencias previas hechos diferentes imputables” a Gonzalo Suárez, la juez acuerda el sobreseimiento y archivo.

Asimismo, considera que el archivo “deberá conllevar necesariamente el archivo de la pieza de responsabilidad civil y situación personal, así como la cancelación de las medidas cautelares acordadas en las mismas”.

EL ARCHIVO

La Audiencia Provincial de Sevilla archivó el pasado 15 de marzo la causa contra el exviceconsejero de Innovación, que fue procesado en la pieza 'política' de los ERE junto a otros 25 exaltos cargos, entre ellos los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, y para el que la Fiscalía Anticorrupción solicitaba diez años de inhabilitación por un delito de prevaricación.

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Séptima estimó así el recurso del acusado contra la resolución en la que el juez Álvaro Martín le procesó al entender que “no consta que hubiera tenido conocimiento de que estaba participando en el desarrollo y mantenimiento del denominado” procedimiento específico.

La Audiencia recuerda que el primer hecho que le imputó el juez fue “haber informado en las reuniones de los viceconsejeros (a partir de ahora 'consejillos') de las modificaciones presupuestarias relativas al programa 31L”.

“Aparte de que las modificaciones presupuestarias eran informadas por el viceconsejero de Empleo, es de destacar que durante el mandato” de Gonzalo Suárez “no se aprobó ni una sola modificación presupuestaria relativa a las transferencias de financiación de dicha Consejería, como se puede observar en el auto recurrido”, argumenta el tribunal.

En segundo lugar, se imputa al recurrente el “conocimiento de los proyectos de decreto para la regularización del procedimiento de ayudas y subvenciones por su participación en los 'consejillos'”, pero la Audiencia dice que, una vez examinadas todas las actas de los 'consejillos' en los que participó, “tan solo consta que se propusieron dos proyectos de decreto referentes a la Consejería de Empleo y de Innovación”.

Estos proyectos de decreto “se referían a la modificación parcial de los trabajadores de ambas consejerías respectivamente”, indica la Audiencia, que añade que el tercer hecho que se le atribuye es su participación en las reuniones del Consejo Rector de IFA/IDEA, del que era vicepresidente, en las que se aprobaron los pagos procedentes de la Dirección General de Trabajo “que eludía la normativa relativa a las subvenciones a empresas privadas con una absoluta y patente irregularidad en el procedimiento de concesión”.

A juicio del tribunal, “es cierto” que Gonzalo Suárez en dicho Consejo “asumió las ayudas que concedía el director general de Trabajo en atención a su montante, así como que votó a favor de conceder” en los años 2004 y 2005 hasta cuatro ayudas por importe de entre 482.290 y 2,2 millones de euros, las cuales “se denominaban subvenciones, si bien se concedían extramuros de las leyes que las regulan”.

Asimismo, “es cierto” que el 22 de julio de 2005 la Intervención General de la Junta informó de que la Consejería de Empleo e IFA/IDEA, “esta como mera pagadora”, utilizaban las transferencias de financiación “del modo descrito”, así como que el exviceconsejero fue miembro del Consejo Rector de IFA/IDEA.

SIN INDICIOS “SÓLIDOS”

“Ahora bien, no consta” que Gonzalo Suárez “hubiera tenido conocimiento de que estaba participando en el desarrollo y mantenimiento del denominado 'procedimiento especifico'”, puesto que a la fecha de los hechos que se le imputan “aún no se había emitido” el informe de la Intervención General de la Junta de 25 de julio de 2005, “y no se ha practicado diligencia de prueba de la que se desprenda tal conocimiento”.

De este modo, y “desde la perspectiva de que en la presente causa se dilucida la posible responsabilidad de cargos públicos que hayan podido intervenir en el denominado 'procedimiento específico', no se puede predicar que concurran indicios sólidos para entender que el apelante hubiera podido participar en la creación y mantenimiento del 'procedimiento especificó' por el que se implantó esa urdimbre jurídica”, considera la Audiencia.

“Cuestión distinta es que puedan apreciarse otras responsabilidades penales en la concreta decisión de concesión de ayudas con fondos de la Junta a empresas inmersas en procesos de reestructuración empresarial mediante ERE así como otras ayudas directas a otras empresas que está siendo objeto de investigación en varias piezas de la causa matriz, para el caso de que en la investigación concreta a dichas empresas se desprenda responsabilidad penal atribuible al apelante”, concluye.

Etiquetas
stats