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El PP andaluz negó a Alaya un “relevante” informe de los ERE cinco días antes de la victoria de Rajoy en 2011

Alaya, llegando a la Audiencia tras acceder los encausados por los ERE y justo a la hora fijada para el juicio el pasado 9 de enero

Javier Ramajo

La documentación requerida recientemente por la jueza María Núñez Bolaños en la pieza del caso de los ERE donde se investiga al Ministerio de Empleo, con dos exresponsables del Gobierno de José María Aznar como imputadas, quedó extraviada en un cruce de escritos judiciales entre los abogados del PP andaluz, acusación popular, y la jueza Mercedes Alaya cuando instruía la causa a finales de 2011 respecto a una ayudas cofinanciadas entre Junta y Estado.

Después de que la jueza preguntara a los representantes legales del Partido Popular por el informe que reclama ahora Bolaños al Ministerio para aclarar numerosos extremos de la pieza separada de la Faja Pirítica de Huelva, el PP respondió que no le podían remitir al 'Plan Unico del Gobierno Central para paliar la crisis de la Faja Pirítica' que solicitaba Alaya, haciéndole constar un “error padecido al confundir la Administración General del Estado con un partido político”.

Los abogados populares argumentaron el 15 de noviembre de 2011, apenas cinco días antes de las Elecciones Generales en España, que “es lo procedente y oportuno que esa información se requiera con la celeridad establecida en el auto a la representación del Gobierno de España”, indicando en ese sentido “al igual que se requiere esta información a la Junta de Andalucía y no al PSOE”, como ciertamente así lo había pedido Alaya en el auto precedente.

La soberanía popular

El PP también destacaba que, si tuviera o hubiese tenido el documento requerido, ya lo hubiera aportado a la causa “en su obligación de contribuir al esclarecimiento de los hechos como acusación popular personada en la causa”, resaltando que “en ningún caso el PP, ni sus dirigentes, conservan ni deben conservar ningún documento administrativo, una vez que deja de desempeñar las funciones del Gobierno que le encomienda la soberanía popular”. Efectivamente era el PP-A, y no el Estado, el personado en la causa.

Días más tarde, Alaya acataba en cierta forma la negativa de los populares andaluces no sin antes defenderse del supuesto “error”. La jueza dijo en un auto fechado el 1 de diciembre, pasadas ya las Elecciones que dieron al PP de Rajoy una importante mayoría absoluta, que “esta instructora nunca, y menos a la altura de los procedimientos que se tramitan, ha confundido lo que es un partido político y la Administración General del Estado”.

Alaya decía que el requerimiento solicitado al PP “no conllevaba una declaración de responsabilidad sino que se simplemente si interesaba su colaboración como parte acusadora y próxima por sus circunstancias temporales a la información requerida, pensando que pudieran aportar datos sobre el contenido del referido Plan, simplemente por agilidad en el procedimiento y con el fin de contar a la mayor brevedad posible con tal información desconocida por el juzgado”.

Dicho esto, la jueza insistía en que se trataba del documento sobre el que se sentaban las bases del acuerdo marca para la Faja Pirítica, “de tanta relevancia y que afectaban a tantos trabajadores” que procedía a librar oficio al Ministerio de Industria “para que remita dicho Plan” ya que “no nos consta publicado en ninguno de los Boletines Oficiales”.

Fuentes cercanas al caso informan de que ese nuevo requerimiento al Ministerio de Industria no se cursó. De hecho, como ya se ha explicado, la jueza Núñez Bolaños, pasados más de seis años y tras abrir una pieza separada por unas ayudas que la propia jueza Alaya obvió posteriormente mientras avanzaba la instrucción, acaba de solicitar la información a la Delegación del Gobierno de la comunidad.

Competencias y ayudas

Cabe recordar que el 7 de febrero de 2012, mes y medio después de la llegada de Montoro al Gobierno de Rajoy, la jueza Alaya encargó a la Intervención General de la Administración del Estado, dependiente de Hacienda, que elaborara un informe “contable” cuyas conclusiones jurídicas han sido la base de la acusación.

La documentación que requiere ahora Bolaños no pertenece al procedimiento que se ha empezado a juzgar en la Audiencia de Sevilla pero se trata de un asunto al que se está aludiendo, al menos por parte de dos acusados, entre ellos el exconsejero Viera, que piden la presencia del Estado en el juicio con determinados testigos por estar sujeto a “la misma legalidad” en la concesión de las ayudas después de haber declarado en esta pieza que la Junta tenía “plenas competencias”. Según Soledad Córdova, exdirectora del Ministerio investigada, Junta y Estado aplicaron “estrictamente” los criterios de la Orden Ministerial de 1995 para la concesión de ayudas sociolaborales excepcionales.

El juzgado instuctor que instruye esta pieza de la Faja y otras muchas, precisamente acaba de exculpar en esta pieza a seis exaltos cargos de la Junta de Andalucía después de que Bolaños siguiera el criterio marcado por la Audiencia de Sevilla en cuanto a la imposibilidad de no poder juzgar a una persona dos veces por los mismos hechos. La cuestión de la presencia o no del resto de ayudas está también muy presente en el juicio empezado contra 22 exdirigentes andaluces. Las defensas han rechazado que la Fiscalía Anticorrupción quiera de alguna manera “reinterpretar” el objeto de juicio trayendo al procedimiento una confirmación expresa por parte del tribunal para la exclusión de las ayudas concretas.

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