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La ONU condena a España por impedir a dos menores migrantes no acompañados solicitar asilo tras llegar en patera

Patera.

El Comité de los Derechos del Niño de la ONU ha emitido dos dictámenes que condenan a España por violar los derechos de dos menores solicitantes de asilo que llegaron solos a Almería y que fueron declarados mayores de edad por la Fiscalía.

Según recogen los dictámenes, el Comité ha obligado a España a regularizar a los citados menores (uno procedente de Costa de Marfil y otro de República de Ginea que llegaron a la Península en patera) su situación administrativa en España y la corrección de la fecha de nacimiento en sus tarjetas de asilo conforme a la fecha acreditada en los documentos oficiales.

Según la Fundación Raíces, es la quinta vez que España es condenada por incumplimiento del Convenio de Derechos del Niño. En esta ocasión, la Fiscalía les “denegó su condición de niños” al dictar un decreto de mayoría de edad pese a disponer de documentación de sus países. Esta situación impidió a los menores solicitar asilo al no estar permitida la formalización de los trámites a menores de edad sin tutor.

Ante esta situación, los menores se vieron obligados a reconocer la mayoría de edad para poder acceder al procedimiento de protección internacional a pesar de no tener tutor. En uno de los casos, Acnur presentó un informe ante el Comité de la ONU en que dejaba constancia de lo ocurrido.

Interés superior

En el caso de ambos menores, el Comité de Naciones Unidas considera que el procedimiento de determinación de la edad no contó con las garantías necesarias para proteger los derechos de los niños, reconocidos en la Convención y que España violó los artículos 3 y 12, al no tomar como consideración primordial su interés superior durante el procedimiento.

En este sentido, la ONU critica que las autoridades españolas no aceptaran los documentos de identidad oficiales y originales del país de origen de estos menores, en uno de los casos un pasaporte biométrico y tarjeta de identidad consular y varios certificados consulares en otro. Además, subraya que les declararon mayores de edad tan sólo por su negativa de someterse a pruebas médicas y que los menores no fueron asistidos por ningún tutor ni representante legal.

En sus resoluciones, el Comité recuerda que los documentos deben considerarse auténticos, salvo prueba contraria, y que todo menor no acompañado será considerado documentado si se encuentra en posesión de un pasaporte o documento similar.

Insiste asimismo en que la negativa a someterse a pruebas médicas no debe ser utilizada para declarar la mayoría de edad, que debe tenerse en debida consideración la declaración de los niños, y que es de vital importancia conceder el beneficio de la duda a la persona que se está evaluando.

Daño “irreparable”

Igualmente, según Naciones Unidas, España habría vulnerado los artículos 20 y 22 de la Convención que recogen la obligación de permitir formalizar la solicitud de asilo y registrarla pues considera que privar a los niños de solicitar protección internacional por no tener un tutor legal les expuso a un riesgo de sufrir un daño “irreparable ante una inminente devolución a sus países de origen”.

Asimismo, Naciones Unidas considera que España ha incumplido el artículo 6 de la Convención por entender que, ante la presunción de mayoría de edad junto con documentación que acredita su minoría, debería haberles protegido y ha recordado que España está obligada a respetar las medidas provisionales que previenen y evitan un daño irreparable a los niños.

Por ello, el Comité ha obligado a España a proporcionar a los niños una reparación efectiva por las violaciones sufridas, que incluye la regularización de su situación administrativa en España y la corrección de la fecha de nacimiento en sus tarjetas de asilo conforme a la fecha acreditada en los documentos oficiales a los que la Fiscalía no dio validez.

Naciones Unidas, en su dictamen, insta a España a evitar que se cometan violaciones similares en el futuro y a asegurar que “a estos menores se les asigne un representante legal cualificado, u otros representantes de forma gratuita, durante el procedimiento de determinación de la edad, así como un tutor a los que sean solicitantes de asilo, para que puedan formalizar dicha solicitud sin excepción”.

Para la presidenta de la Fundación Raíces, Lourdes Reyzábal, los dictámenes de “Naciones Unidas son mucho más que un tirón de orejas a España” y ha asegurado estar asombrada de que “la Fiscalía siga actuando así, sabiendo que provocado que muchos niños sean abandonados desaparezcan o puedan ser captados por redes de explotación o trata”.

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