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El asesinato de la hija de Juana Vacas a manos de su exmarido llega este miércoles al TSJA

Un acuerdo cierra el caso de la mujer que heredó la deuda del asesino de su hija

EUROPA PRESS

JAÉN —

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Granada, celebrará este miércoles una vista en la que analizará el recurso de apelación interpuesto por F.J.M., el exmarido de la hija de Juana Vacas -la anciana del municipio jiennense de Torredelcampo que recientemente ha sido objeto de atención de los medios de comunicación al aceptar la herencia de la fallecida sin saber que incluía deudas del ahora recurrente--, condenado a una pena de 22 años y seis meses de prisión por el asesinato de su exmujer, ocurrido en marzo de 2011 en la citada localidad jiennense.

Encarnación Armenteros, hermana de la fallecida, ha confirmado a Europa Press que la vista está fijada para este miércoles, y a ella acudirán tanto el letrado que ejerce la acusación particular como el de la defensa del encartado, al que su excuñada espera que no se le rebaje “ni un día” de pena.

En este sentido, Encarnación confía en lo “bien argumentada” que, a su juicio, está la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Jaén que este pasado mes de mayo condenó a F.J.M. a una pena de 22 años y medio de prisión, a la vez que le prohibió, una vez saliera de la cárcel, acercarse a menos de 300 metros durante diez años a la madre, la hija y la hermana de la víctima.

Según esta última, el acusado alega en su recurso que “se entregó y confesó el crimen” para pedir una rebaja de su pena, si bien Encarnación subraya que “no colaboró con la investigación”, al tiempo que ha lamentado que la Audiencia “no impusiera el agravante de violencia de género” a la hora de enjuiciar lo sucedido.

LOS HECHOS

Como se recordará, F.J.M., de 45 años de edad, está condenado por haber matado el 22 de marzo de 2011 en el domicilio de ambos a su exmujer, que padecía una discapacidad psíquica valorada en un 46 por ciento, y de la que se había divorciado en 2010, si bien con posterioridad a esa fecha ambos habían seguido “viéndose, viviendo juntos a temporadas o días sueltos en el mismo domicilio”.

No obstante, cuando se produjo el crimen constaba una condena de alejamiento impuesta a la víctima. El día de los hechos, el acusado, estando en la cama con ella, sorpresivamente, “la golpeó repetidamente con la intención de causarle la muerte, con violencia inusitada, empleando diversas armas y objetos para causar un mayor daño”.

“La víctima no tuvo ninguna posibilidad de defenderse del ataque del acusado, que le causó un sufrimiento dilatado en el tiempo”, según concluyó la sentencia, emitida a partir del veredicto que emitió el jurado popular que atendió el caso.

Tras consumir alguna bebida alcohólica, “salió de su casa y se dispuso a entregarse a la Policía Local” de Torredelcampo diciendo que “la había matado”. Sin embargo, el condenado posteriormente “no colaboró con la investigación afirmando no recordar nada de lo ocurrido”.

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