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Consumo Responde es un espacio respaldado por la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía pensado para el consumidor, para divulgar y dar a conocer herramientas y derechos que los consumidores y consumidoras ante la realidad. Una realidad que nos hace vulnerables como consumidores y poderosos al mismo tiempo, porque hoy, más que nunca, las decisiones del consumidor pueden marcar diferencias en los mercados, en las empresas y en la sociedad. Más información en www.consumoresponde.es y consumoresponde@juntadeandalucia.es  (900 21 50 80)

Se acaba el roaming en la Unión Europea, ¿Qué debes tener en cuenta?

Foto: Unsplash

Seguramente ya habrás escuchado que a partir del 15 de junio de 2017 se acaba el roaming en la Unión Europea. Aunque algunos operadores ya se habían adelantado, es a partir de esa fecha cuando entra en vigor la normativa que pone fin a los recargos que había que pagar hasta ahora por realizar llamadas, enviar mensajes o navegar por Internet en los países comunitarios. Sin embargo, si te vas a desplazar fuera del país debes tener en cuenta una serie de cuestiones para evitar encontrarte con una desagradable sorpresa en la factura:

1. Si vas a hacer uso de estos servicios en otro país de la Unión Europea no tendrás que hacer ningún trámite para que se te aplique la desaparición del roaming, la medida te será aplicada directamente. Este nuevo sistema se denomina “roam like at home” (itinerar como en casa), pero debes saber que no significa utilizar el dispositivo móvil en roaming permanente.

2. Ten en cuenta cuál es el ámbito territorial en el que será de aplicación la desaparición del roaming a partir del 15 de junio:

-La eliminación del roaming roamingse dará en todos los países de la Unión Europea: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, República Checa, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos (Holanda), Polonia, Portugal, Reino Unido, Rumanía y Suecia.

-No será aplicable, por lo tanto, en Suiza ni Andorra.

-Las medidas de eliminación del roaming no serán aplicables, al principio, en Noruega, Islandia ni Liechtenstein, si bien parece que su aplicación en dichos países será próximamente.

-En cuanto a Reino Unido, si bien en un principio sí será aplicable la desaparición del roaming, habrá que poner atención a lo que sucederá con motivo del Brexit.

 

3. Si cruzas una frontera de la Unión Europea y entras en un país no perteneciente a la misma, continuarás recibiendo mensajes en tu móvil informándote de que estás en roaming, y de los recargos que conlleva la utilización del móvil.

 

4. El fin del roaming se aplica sólo en las conexiones a antenas terrestres (en tierra, ríos, lagos o a lo largo de la costa). Por lo tanto, cuando se viaja en barco o avión en los que ya empiezan a funcionar los sistemas vía satélite, no será aplicable el fin del roaming.

 

5. El fin del roaming no se aplica a las llamadas que se realicen desde casa a otro país perteneciente a la Unión Europea (sólo se aplica cuando se viaja a través de la Unión Europea).

 

6. Si tienes llamadas y mensajes ilimitados en tu país, también tendrás llamadas y mensajes ilimitados cuando vayas a otro país de la Unión

 

7. El operador puede aplicar un límite sobre el uso de datos para una utilización justa de los mismos cuando se salga a otro país de la Unión Europea, límite que deberá ser suficiente para cubrir las máximas necesidades de navegación. En todo caso, el operador deberá informarte acerca de los límites de uso de datos y avisarte si lo alcanzas. Para saber cómo se calculan estos límites, en función de los datos contratados, puede consultar la información disponible en la web de Consumo Responde.

 

8. Si superas los límites establecidos se te aplicarán los siguientes recargos: 3,2 céntimos de euro por minuto en llamadas de voz, 1 céntimo por minuto por mensaje y 7,7 euros por gigabyte (menos de 1 céntimo de euro por megabyte). Este importe irá descendiendo a lo largo del tiempo (6 euros por gigabyte en enero de 2018; 4,5 euros por gigabyte en enero de 2019; 3,5 euros por gigabyte en enero de 2020; 3 euros por gigabyte en enero de 2021; hasta 2,5 euros por gigabyte en 2022).

 

9. El operador de telecomunicaciones puede aplicar el denominado mecanismo de control justo, razonable y proporcionado con el objetivo de detectar posibles abusos o una utilización anómala de un servicio contratado. En virtud de este mecanismo, en caso de que un operador detectara, durante un periodo de 4 meses, que una persona ha pasado más tiempo, y consumiendo más servicios móviles fuera de su país con respecto al país donde tiene contratada la tarifa, podría aplicar un recargo no superior a los importes mencionados en el punto anterior.

En todo caso, antes de iniciar este proceso de recargo, la operadora deberá avisarte enviándote un mensaje de advertencia. A partir de ese momento, dispondrás de dos semanas para informar a la operadora acerca de tu situación y justificar el consumo, o volver a la utilización de tu dispositivo móvil en el país donde tienes la tarifa contratada. Si no lo haces, la operadora podría aplicarte los recargos establecidos más arriba.

10. Si vives cerca de la frontera con otro país comunitario (por ejemplo, en la zona circundante a Gibraltar o cerca de la frontera con Portugal), es posible que, sin querer, utilices en ciertos momentos la red de ese otro país. ¿Podrás exceder los límites de “roam like at home”? Parece complicado, ya que la simple conexión una vez en el día a tu red doméstica evitaría que excedieras esos límites. Otro asunto es que te conectes a redes de países que no sean de la Unión Europea (por ejemplo, Marruecos), en cuyo caso te recomendamos que configures de manera manual la forma en que tu móvil accede a la red doméstica para evitar así la conexión a otras redes.

Para más información

Recuerda que si a partir del 15 de junio de 2017 utilizas el móvil en otro país de la Unión Europea y recibes recargos por una utilización normal de tu terminal, podrás iniciar el procedimiento de reclamación ante tu operadora de telecomunicaciones que te explicábamos en un artículo anterior.

Si sigues teniendo alguna duda sobre este asunto, puedes ponerte en contacto con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía. Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder de forma continuada a través del número de teléfono 900 21 50 80, de la página web www.consumoresponde.es, del correo electrónico consumoresponde@juntadeandalucia.es o de las redes sociales.

 

 

 

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