Consumo Responde es un espacio respaldado por la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía pensado para el consumidor, para divulgar y dar a conocer herramientas y derechos que los consumidores y consumidoras ante la realidad. Una realidad que nos hace vulnerables como consumidores y poderosos al mismo tiempo, porque hoy, más que nunca, las decisiones del consumidor pueden marcar diferencias en los mercados, en las empresas y en la sociedad. Más información en www.consumoresponde.es y consumoresponde@juntadeandalucia.es (900 21 50 80)
Comer y beber en fiestas populares: conoce tus derechos
En unos días comienza la Feria de Abril de Sevilla, una de las fiestas populares más conocidas de Andalucía. Pero durante todo el año, y especialmente en los meses de primavera y verano, se celebran por todo el territorio andaluz numerosas ferias, verbenas y fiestas populares de todo tipo donde es habitual acudir a disfrutar del ambiente, y aprovechar para comer en el recinto ferial.
En este sentido, es importante recordar que los servicios de restauración que se ofrecen en las casetas y puestos ambulantes de las ferias deben cumplir con las mismas obligaciones que los establecimientos de restauración tradicionales, como bares y restaurantes. A continuación, te ofrecemos diez consejos para que disfrutes de las ferias con todas las garantías.
- Antes de consumir comprueba bien los precios de los productos para evitar posibles abusos. Ten en cuenta que deben indicarse los precios totales con todos los impuestos incluidos sin tachaduras u otros síntomas de manipulación.
- Recuerda que los precios son libres y pueden variar incluso de un día para otro, aunque deben estar expuestos en lugar visible en las cartas de comidas o bebidas, murales, pizarras o cualquier otro soporte que se emplee.
- Las cartas o listas de precios deben estar protegidas para evitar su deterioro o alteración y a disposición del público para que las pueda consultar de manera directa y libre. Su contenido debe ser visible y legible.
- Si recibes el servicio en mesa, tienes derecho a que te entreguen, antes de realizar cualquier pedido, una carta o lista con todos los productos ofertados y sus precios. Si los importes en barra son distintos de los de mesa, debe advertirse de forma clara en la carta o lista de precios.
- Los menús y platos combinados se deben anunciar desglosando su contenido e indicando si en el precio se incluye el pan, la bebida y el postre. Si alguno de los componentes del plato no se puede servir, deberán indicártelo expresamente para que digas si estás conforme con el producto que te ofrecen en sustitución. En ningún caso este cambio puede suponer un aumento del precio ni una rebaja de la calidad.
- Ten en cuenta que los productos de charcutería, quesos u otros productos susceptibles de ser cortados de una pieza principal se deben ofrecer por unidades de peso, mostrando el precio de cada una de ellas. En el caso de moluscos o crustáceos deben ofertarse por peso o por unidades, indicándose su número.
- Recuerda que está expresamente prohibido incluir en las cartas, listas de precios o cualquier otro medio de publicidad la expresión 'precio según mercado' o similares.
- La higiene, tanto de establecimientos como de alimentos es de vital importancia. Aplica el sentido común y desconfía de aquellos que carezcan de unos mínimos.
- Las casetas deben contar con las autorizaciones municipales oportunas, cumplir con la normativa ambiental y reunir las necesarias condiciones técnicas de salubridad, higiene, sanitarias y confortabilidad, así como ajustarse a las disposiciones para la protección contra incendios.
- En las autorizaciones deben constar los datos identificativos del titular, empresa o entidad organizadora, el periodo de vigencia de la autorización, el aforo de personas permitido y el horario de apertura y cierre. Previo a la autorización, el titular o empresa responsable, debe tener vigente el contrato de seguro de responsabilidad civil obligatorio.
Si tienes algún problema, presenta tu reclamación
Si te encuentras con algún problema con el servicio prestado, estás en tu derecho de presentar una reclamación. Todos los establecimientos, ya sean fijos o itinerantes, están obligados a disponer de las hojas de quejas y reclamaciones oficiales de la Junta de Andalucía, y deben informar de su existencia mediante un cartel situado en un lugar visible.
Ten en cuenta que después de presentar la hoja de quejas y reclamaciones la empresa tiene un plazo de 10 días hábiles para dar una respuesta. Si no lo hace o la respuesta que te ofrece no te satisface, puedes remitir esa hoja de quejas y reclamaciones a la Administración de Consumo, que se encargará de tramitarla.
Por último, recuerda que si tienes cualquier duda o consulta sobre este tema puedes contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía. Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder de forma continuada a través del número de teléfono 900 21 50 80, de la página web www.consumoresponde.es, del correo electrónico consumoresponde@juntadeandalucia.es o de las redes sociales.
Sobre este blog
Consumo Responde es un espacio respaldado por la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía pensado para el consumidor, para divulgar y dar a conocer herramientas y derechos que los consumidores y consumidoras ante la realidad. Una realidad que nos hace vulnerables como consumidores y poderosos al mismo tiempo, porque hoy, más que nunca, las decisiones del consumidor pueden marcar diferencias en los mercados, en las empresas y en la sociedad. Más información en www.consumoresponde.es y consumoresponde@juntadeandalucia.es (900 21 50 80)