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La promotora del Algarrobico planta a la Junta en la firma de la compraventa

Promotora del del Algarrobico se opone al retracto y no acude a la firma de la escritura a favor de la Junta

EUROPA PRESS

ALMERÍA —

La promotora del hotel construido en el paraje de El Algarrobico, en Carboneras (Almería), ha remitido un escrito a la notaría donde ha sido citada por la Junta de Andalucía en la que comunica su oposición al retracto ejercido por 2,3 millones de euros y manifiesta su disconformidad con las circunstancias en la que la administración autonómica quiere hacerse con la titularidad de las fincas sobre las que se levanta el establecimiento de una veintena de plantas y 411 habitaciones.

El representante legal de Azata del Sol no ha acudido, por tanto, a la firma de la compraventa, según han indicado fuentes de la constructora, que ha trasladado que van a mantener esta “postura de oposición a todos los actos que vaya a promover la Junta de Andalucía para el ejercicio de un retracto” al que “no ha lugar”, remarcan.

En el citado escrito remitido a la notaria, además de la disconformidad con la cuantía de 2,3 millones de euros en las que valora las cinco fincas que integran el sector urbanístico ST-1 y en la cuenta de depósitos de la Delegación Provincial desde el 9 de noviembre de 2006, recuerda que quedan pendientes de pronunciamiento judicial dos recursos de casación interpuestos por la promotora ante el Tribunal Supremo (TS) contra este derecho.

Frente a esto, la Junta sostiene que existe un pronunciamiento judicial, de los tres, que es firme desde enero después de que el Ayuntamiento de Carboneras resolviese no impugnar la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que lo declara conforme a derecho dado el “notorio interés medioambiental” del paraje.

Fuentes de Azata del Sol han precisado a Europa Press que el escrito recuerda que, según la ley y en contra de lo sostenido por el Alto Tribunal andaluz, el que estaba obligado a comunicar la operación de compraventa de las fincas era el “vendedor y no el comprador” pese a lo que “lo hicimos, sin estar obligados, 30 días después de que se formalizase la operación”.

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