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Sánchez Gordillo ve “una auténtica barbaridad” la sentencia y afirma que seguirá ocupando fincas

Sánchez Gordillo ve "una auténtica barbaridad" la sentencia del TSJA, que no evitará que siga ocupando fincas

EUROPA PRESS

SEVILLA —

El parlamentario de IULV-CA y alcalde de Marinaleda (Sevilla), Juan Manuel Sánchez Gordillo, ha considerado este jueves “una auténtica barbaridad” la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que le condena a siete meses de cárcel por la ocupación en el verano de 2012 de la finca 'Las Turquillas'.

En declaraciones a Europa Press, Sánchez Gordillo ha advertido de que dicha sentencia no va a evitar que tanto él como otros miembros del Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT) sigan ocupando fincas sin explotar, reivindicando así la función social de la tierra.

El también dirigente del CUT-BAI ha dicho no entender “la dureza” del fallo del Alto Tribunal y ha querido dejar claro que no ha habido delitos de desobediencia ni de usurpación, y que tampoco se han realizado daños en la finca durante la ocupación.

“Nadie nos entrego ningún papel en el que nos dijeran que tuviéramos que marcharnos de allí, sino que cuando llegó la Guardia Civil nos fuimos pacíficamente, sin ofrecer ningún tipo de resistencia”, ha subrayado Sánchez Gordillo.

En esta línea, ha manifestado que esta finca ha sido ocupada alrededor de 15 veces y que “jamás” se les ha imputado ningún delito ni falta por ello. “¿Por qué ahora sí? ¿Se pretende darnos un castigo ejemplar?”, se ha preguntado el dirigente de izquierdas.

Sánchez Gordillo ha querido agradecer el respaldo por parte de IULV-CA, que ha considerado “injusta” la condena, así como también por parte de compañeros de la formación, que le han mostrado su solidaridad a través de las redes sociales.

El TSJA atribuye a Sánchez Gordillo y Cañamero un delito de desobediencia grave a la autoridad y los condena, además de a la pena de cárcel e inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el mismo periodo, a una multa de 1.200 euros por un delito de usurpación, junto a un quinto procesado, absolviéndolos sin embargo del delito de daños que solicitaba para ellos la acusación particular.

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