Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
Noticia de agencia

Noticia servida automáticamente por la Agencia Europa Press

Esta información es un teletipo de la Agencia Europa Press y se publica en nuestra web de manera automática como parte del servicio que nos ofrece esta agencia de noticias. No ha sido editado ni titulado por un periodista de eldiario.es.

La familia de la víctima y la Fiscalía piden a la jueza que Ortega Cano cumpla su condena en prisión

La Fiscalía se opone a suspender el cumplimiento de la pena de cárcel impuesta a Ortega Cano

EUROPA PRESS

SEVILLA —

La familia de Carlos Parra, el hombre que falleció en el accidente de tráfico provocado por el extorero José Ortega Cano, y la Fiscalía de Sevilla se han opuesto a la solicitud de suspender el cumplimiento de la pena de prisión planteada por la defensa del ganadero, que ingresó el pasado 23 de abril en la cárcel de Zuera (Zaragoza) para cumplir la condena de dos años y medio de cárcel que le fue impuesta por estos hechos.

En un escrito elevado al Juzgado de lo Penal número 6, al que ha tenido acceso Europa Press, la acusación particular que ejercen los abogados Luis Romero y Andrés Avelino Romero en nombre de la familia de la víctima se opone a la solicitud planteada, de acuerdo con el artículo 80.4 del Código Penal, por el abogado del extorero, que pidió suspender el cumplimiento de la pena en prisión dada la dolencia cardíaca que padece su cliente.

Según dicho artículo, los jueces y tribunales “podrán otorgar la suspensión de cualquier pena impuesta sin sujeción a requisito alguno en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables, salvo que en el momento de la comisión del delito tuviera ya otra pena suspendida por el mismo motivo”.

En el escrito, consultado por Europa Press, los abogados de la familia de Carlos Parra se oponen a la solicitud realizada por la defensa del extorero a la vista del informe forense realizado a Ortega Cano, “por el que se determina” que “se encuentra en prisión perfectamente medicado con los fármacos necesarios para la prevención farmacológica del riesgo cardiovascular”.

Asimismo, según expone la acusación particular en su escrito de fecha 18 de junio, el informe forense recoge la “posibilidad de rápida asistencia si fuera necesaria y que el riesgo estadístico no se ve influenciado por la privación de libertad, no estimando de que exista mayor riesgo vital por estar ingresado”, por todo lo cual solicita que se deniegue la solicitud de suspensión de la pena de prisión realizada por la defensa del extorero.

Fuentes del caso han informado a Europa Press de que, después de que tanto la Fiscalía como la acusación particular se hayan opuesto a la petición planteada por Ortega Cano, lo previsible es que la jueza dicte una resolución en los próximos días en la que rechace dicha solicitud.

Qué dice el forense

En mayo, la jueza de lo Penal número 6 ordenó que un forense examinara al extorero a fin de decidir sobre si le concede o no la suspensión del cumplimiento de la pena en base a su estado de salud y para analizar, de este modo, si su dolencia cardíaca es “compatible” con su estancia en prisión, todo ello de acuerdo con el artículo 80.4 del Código Penal.

En virtud de esta orden judicial, una médico forense examinó el 19 de mayo al condenado y en base a ello ha emitido un informe médico, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que concluye que “la edad coronaria o riesgo cardiovascular del explorado, según los estudios médicos que le han sido realizados, son equivalentes a los de una persona de más de 70 años”, pese a que el condenado cuenta actualmente con 60 años.

Ello “quiere decir que su riesgo estadístico o probabilidad de sufrir un accidente cardiovascular equivale al que tiene una persona de esa edad”, señala el informe forense, que añade que “este riesgo estadístico no se ve influenciado por la privación de libertad, no estimándose que exista mayor riesgo vital por estar ingresado en un centro penitenciario”.

Según indica la forense en su informe, “en el momento actual” Ortega Cano “se encuentra en prisión perfectamente medicado con los fármacos necesarios para la prevención farmacológica de dicho riesgo y con posibilidad de rápida asistencia sanitaria si fuera necesaria”.

Los problemas del torero

La forense narra que, según las propias manifestaciones del condenado, a los diez años se le diagnosticó un soplo cardíaco, y desde hace unos once años “se encuentra en seguimiento cardiológico por arritmia e hipertensión arterial, con tratamiento farmacológico anticoagulante, antihipertensivo y antiarrítmico”, a lo que se suma que “ha acudido en varias ocasiones en los últimos años” a servicios de Urgencias hospitalarios “por taquicardias”.

Asimismo, el extorero manifestó estar aquejado de fatiga “ante los esfuerzos”, por lo que “se le han realizado numerosas exploraciones y un cateterismo cardíaco”.

Frente a ello, la forense asegura que, en la exploración a la que lo ha sometido en Zaragoza, “muestra aparente buen estado general, tensión arterial 125/75, manifiesta dolor de cadera izquierda a la deambulación y cierto grado de fatiga al subir escaleras o realizar esfuerzos”.

Al hilo de ello, indica que el estudio de la documentación e informes médicos aportados indican la “existencia de una fibrilación auricular crónica con adecuada respuesta ventricular basal, leves insuficiencias valvulares mitral y tricúspide” y “enfermedad coronaria extensa con ateromatosis cálcica, con placas obstructivas en grado diverso que no original ningún grado de isquemia”.

El ingreso en prisión de Ortega Cano se produjo el pasado 23 de abril, después de que la Audiencia Provincial de Sevilla rechazara la petición del acusado para que se suspendiera su ingreso mientras se resuelve su petición de indulto al Gobierno central.

Etiquetas
stats