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El Poder Judicial no se opone a los internamientos colectivos de personas migrantes que llegan en patera

Migrantes alojados temporalmente en instalaciones municipales de Motril

Javier Ramajo

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) no se moja en el fondo del asunto y pasa por alto el internamiento colectivo de migrantes recién llegados en patera sin tener en cuenta sus situaciones particulares. Las irregularidades denunciadas por Iridia-Centre per la Defensa dels Drets Humans y SOS Racismo Madrid, ocurridas en el Juzgado Mixto Nº4 de Motril (Granada) en diciembre de 2015, y marzo y julio de 2017, “constituyen en realidad una disconformidad con las decisiones adoptadas por el órgano jurisdiccional denunciado, lo que que excede del ámbito” de la acción disciplinaria del CGPJ, donde se habían dirigido ambas asociaciones.

El archivo de la diligencia informativa indica que Iridia y SOS Racismo detallaron “pormenorizadamente” los hechos en los que fundamentan su denuncia pero las “irregularidades denunciadas” en el escrito de queja, “debidamente valoradas”, no se han de dirigir a este servicio del CGPJ. La denuncia “no puede, sin embargo, prosperar” ya que el desacuerdo con decisiones judiciales “debe combatirse por la vía de los recursos legalmente establecidas y no a través del cauce formal disciplinario”.

Según señala el acuerdo del Promotor de la Acción Disciplinaria del CGPJ, al que ha tenido acceso eldiario.es Andalucía, “tampoco consta -en modo alguno- la ignorancia disparatada e inexcusable de deberes judiciales a la hora de dictar la resolución que se cuestiona” como habían argumentado las asociaciones respecto al magistrado titular del juzgado. Se trataría, argumenta el CGPJ, de “ilícitos disciplinarios que, en todo caso, y a efectos meramente dialécticos, habrían prescrito”, teniendo en cuenta que han pasado más de dos años entre el hecho advertido (al menos, el primero, al que se refiere en exclusiva el CGPJ) y la denuncia.

El juzgado de Motril, según las asociaciones y que no pone en duda el CGPJ, autorizó el internamiento de forma colectiva en el CIE de Madrid de 40 personas en diciembre de 2015, de 24 personas en marzo de 2017 y de 9 personas en julio de 2017. En el auto que motivó la denuncia, el magistrado indicó que “habida cuenta de que los interesados/as, mayores de edad, extranjeros/as, indocumentados, sorprendidos todos ellos en iguales circunstancias”…“han manifestado que carecen de domicilio, trabajo, propiedades o de cualquier otra circunstancia que evidencie en los mismos un mínimo de arraigo en España”.

“El Poder Judicial ha de entrar”

Según las asociaciones, entre las 40 personas internadas en 2015 “a través de dicho auto genérico y no individualizado” se encontraban varias con arraigo familiar, un hombre casado y padre de dos menores cuya familia viajaba en la misma embarcación, una mujer víctima de mutilación genital femenina forzada y potencial solicitante de asilo así como cuatro posibles menores de edad, detallan las asociaciones.

Andrés García Berrio, abogado de Iridia, señala a este periódico sobre el archivo de la denuncia al CGPJ que el planteamiento, con un poco más de margen, es tratar de agrupar diferentes procedimientos de este tipo que se hayan dado en distintos juzgados. En ese sentido, explica que hay que preguntar al juzgado si se han realizado entrevistas individuales con los abogados de oficio o si el juez ha hecho vistas colectivas, “y en eso el Poder Judicial ha de entrar”. El letrado lamenta que esta misma resolución del CGPJ de archivar su denuncia “debería entrar porque lo que no puede ser es que se ponga el mismo párrafo para todas las personas que llegan en una misma patera”.

El abogado dice que, en todo caso, estudiarán “cómo dar una vuelca de tuerca a esta situación”. “El primer paso ha sido presentar esta queja pero la idea es ver cómo armar con algunas organizaciones la estrategia para forzar algún cambio en esta materia”.

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