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La Justicia respalda el reingreso de trabajadores en los servicios públicos para menores infractores

El hasta ahora consejero de Justicia e Interior de la Junta, Emilio de Llera, recibiendo en su despacho a un grupo de jóvenes que cumple medidas judiciales en los cuatro centros de la provincia de Sevilla.

Javier Ramajo

La Justicia ha dado finalmente la razón a una decena de psicólogos, trabajadores sociales y educadores de Sevilla que venían trabajando para la asociación Alternativa Abierta en los equipos de medio abierto (medidas judiciales que no implican el internamiento) para la ejecución de medidas judiciales de menores infractores en la provincia, algunos de ellos desde 2002. Un cambio en los criterios de adjudicación les dejó sin empleo en junio de 2013 y, aunque Alternativa Abierto pidió su subrogación, la negativa de la nueva adjudicataria y la inacción de la Junta de Andalucía, convocante del concurso público, les había dejado sin trabajo y sin la indemnización a la que tenían derecho.

La asociación Alternativa Abierta venía siendo adjudicataria de sucesivos concursos públicos hasta la finalización del último de ellos, en junio de 2013. Una sentencia emitida este abril por la Sala de lo Social del TSJA en Sevilla recuerda que Alternativa Abierta, al no resultar adjudicataria del nuevo servicio que sacó a concurso la Consejería de Justicia, tramitó un despido colectivo que afectó a los trabajadores que la contratista entrante (la Asociación para el Desarrollo y la Integración Social Meridianos) no quiso subrogarse.

El recurso ahora ganado por los empleados, que estaban adscritos al equipo de medio abierto, quería obligar a la nueva adjudicataria (Meridianos) a subrogar sus contratos. Los argumentos de la ganadora de la licitación para denegarla se fundaban en la asunción de un nuevo servicio, diferente del que asumía la contratista anterior. Alternativa Abierta, ante la nueva situación, extinguió los contratos de la mayor parte de sus empleados y procedió a unos despidos que los jueces ya consideraron improcedentes en noviembre de 2015.

“La Junta defendía que no era obligatoria la subrogación del personal, lo cual ha quedado demostrado que no era cierto”, comenta uno de los trabajadores afectados al conocer la sentencia, una cuestión que “respondía a la estrategia de Carmen Belinchón -directora general de Justicia juvenil hasta el pasado febrero- para recortar presupuesto a costa del personal”. La misma secuencia judicial favorable se ha dado en Granada con 14 trabajadores (denunciaron su caso en enero de 2014) y en Almería con otros 8, añaden las fuentes.

“Debió producirse la subrogación”, dice el juez

Sobre ello, dice la sentencia que, tras el cambio de la adjudicación, se mantenía “la necesidad de prácticamente los mismos profesionales (psicólogos, trabajadores sociales, educadores), habiendo pasado el número de productores de las tres contratas anteriores (37) a 29 en la actualidad con la nueva adjudicataria de servicios integrales”. “De todo lo cual solo cabe inferir que debió producirse la subrogación y, en todo caso, haber adecuado numéricamente la misma a los profesionales necesitados”, señala el juez.

“Sobre el conflicto laboral, la relación laboral de los prestatarios de los servicios con sus trabajadores no es competencia de la Consejería, que hace un seguimiento del cumplimiento de los términos del servicio y de la aplicación de la legislación correspondiente”, señalaron desde Justicia e Interior cuestionados por este tema, remitiéndose a “los criterios de contratación establecidos en los pliegos”.

La obligación de subrogación viene recogida en el II Convenio Estatal de Reforma Juvenil y Protección de Menores, como recoge ampliamente el juez en su sentencia. Se da la circunstancia que, desde que sucedió todo lo narrado, las licitaciones públicas ya incluyen la cláusula de subrogación del personal, apuntan los trabajadores afectados.

Criterio económico

CCOO se movilizó en su momento ante lo que consideraba “una preponderancia del criterio económico frente a la calidad del servicio”. El sindicato entendía que la unificación de dichos servicios con los de tratamiento ambulatorio de salud mental y el tratamiento ambulatorio de tóxicos (el nuevo 'servicio integral') provocaba en la práctica dejar de contar con “una plantilla con experiencia demostrada y con condiciones laborales consolidadas, basándolo todo en el aspecto puramente económico que, desde CCOO, se entiende que no debería ser el preponderante en estos servicios tan especiales de reinserción social”.

Los afectados en la provincia de Granada criticaron en su momento que la nueva empresa había reducido los salarios a los nuevos trabajadores en un 50% y había rebajado a la mitad el presupuesto para dietas, por lo que consideraron que se iban a resentir todos los servicios ofrecidos, tanto a los menores como a sus familias. Un portavoz de Granada dijo que el Gobierno autónomico se había negado a mediar en su conflicto laboral. “La ley obliga a la nueva adjudicataria a subrogar a todos los trabajadores en las mismas condiciones y no entendemos que la Junta permita que no se haga lo que marca la legislación”, lamentó en su momento.

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