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El agricultor de cáñamo condenado por narcotráfico, en busca y captura

Varios de los productos que comercializa Juan Zurita / N.C.

Néstor Cenizo

El agricultor de cáñamo condenado a tres años y medio de prisión por la Audiencia Provincial de Málaga ha sido declarado en busca y captura. Juan Zurita, a quien se le intervinieron 120 kilos de cannabis sativa con un porcentaje de THC de entre el 0,18 y el 0,81% en su finca de Las Alpujarras, fue condenado por un delito contra la salud pública porque los jueces interpretaron que su planta es marihuana. Él lo niega e insiste en que sólo cultiva cáñamo, cuyo cultivo promueve desde hace años.

Zurita lo vende públicamente (lo ha seguido haciendo durante las últimas semanas) y es un conocido defensor del cáñamo, que sólo se diferencia de la marihuana en el porcentaje de THC que contiene. Por esta razón, Zurita y otros agricultores han solicitado a la Policía Científica de Málaga que aclare cuál es el porcentaje de THC por encima del cuál el cannabis sativa deja de ser cáñamo (cuyo cultivo para la producción industrial está subvencionado) para convertirse en marihuana, y cuál es la norma que fija ese límite.

La Audiencia Provincial de Málaga condenó a Zurita invocando una sentencia del Tribunal Supremo, de 1 de marzo de 2007, que a su vez cita otra de 1999 que establece que es marihuana la planta de cannabis sativa que tiene entre el 0,4 y el 4% de THC. Casi todo lo que se le incautó está en ese margen (94 kilos al 0,81%), así que desde esa óptica Zurita es un narcotraficante. Sin embargo, ni la legislación ni la propia jurisprudencia son tan claros.  

La propia sentencia de 2007 citada por la Audiencia Provincial dice que el THC varía según el clima o la naturaleza de la planta y que el “contenido medio porcentual de THC” es el 8%: “Más concretamente se establece esa concentración entre el 2 % y el 10 %”. Según esa misma sentencia, el porcentaje determina que la planta no sea ilegal “cuando el tráfico se operó respecto de planta con un porcentaje de ”cannabinol“ inferior a ese 2 %”, como en el caso de Zurita. En otra sentencia de 2011 el Tribunal Supremo se explica que la concentración “propia” de THC en la marihuana está entre el 0,8 y el 4%. Esta sentencia fue citada en el recurso.

Quienes intervinieron en el juicio no fijaron con precisión cuál es el límite, pese a que la fiscal aseguró que “lo único controvertido” era determinar si lo aprehendido era cáñamo o marihuana: el agente de la Policía Científica declaró que “según la normativa vigente cáñamo significa cuando la pureza es menos del 0,2%”. El cultivo de cáñamo puede ser subvencionado siempre que la planta tenga menos del 0,2% de THC, de modo que según esa interpretación un agricultor podría pasar de empresario a narcotraficante por una mínima variación porcentual producida por una contaminación ambiental.

Sin un criterio claro

Tampoco hay claridad fuera de la jurisprudencia. El Plan Nacional Sobre Drogas y un informe de la comisión clínica del Ministerio de Sanidad coinciden en que la marihuana posee una concentración de THC entre el 1 y el 5%, y el informe anual del Instituto Nacional de Toxicología revela que sólo el 5% de la marihuana aprehendida en 2014 tenía un porcentaje de THC inferior al 5%. Entre las asociaciones cannábicas hay acuerdo: lo incautado a Zurita no tiene efectos psicotrópicos. El porcentaje habitual ronda el 10% de THC. Con el criterio de la sentencia del Tribunal Supremo de junio de 2011, el Plan Nacional Sobre Drogas y el Ministerio de Sanidad, Juan Zurita no trafica con drogas. 

En el juicio, Zurita ejerció su derecho a formular una última alegación. Convencido de sus reivindicaciones y teorías, dijo esto: “Yo me dedico divulgar una cultura cañamera, que hay un pueblo que se llama Cañamero y Cañamares, y un río andaluz, Cañamares, y que el mejor aceite del mundo es el aceite de cañamones. Es la primera planta cultivada por el hombre, es una planta que hay que recuperar, hace falta para el cambio climático”. Zurita dice que lo que le ha ocurrido es “absurdo” y una “burrada” y ha recurrido en amparo ante el Tribunal Constitucional.

Zurita deberá pasar tres años y medio en prisión. El 15 de enero se dictó el auto que ordena su búsqueda, detención e ingreso prisión, y el día 30 ha sido declarado en rebeldía. Por eso, tanto él como otros agricultores (unos 150, aseguran) han solicitado desde finales de noviembre que la Policía indique cuál es la normativa vigente que establece el porcentaje de THC de la marihuana. Hay agricultores que han denunciado la inmovilización durante meses de envíos de cáñamo legal. No han recibido respuesta.

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