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Anulada la condena a seis integrantes de un piquete informativo en la huelga general de 2010

Pintada de huelga general en Madrid

Javier Ramajo

Hace poco más de un año fueron condenados pero la Audiencia de Sevilla ha decidido absolver a seis personas que integraron un piquete informativo en el Rectorado de la Hispalense durante la huelga general del 29 de septiembre de 2010 contra la reforma laboral del Gobierno de Zapatero. El Ministerio Fiscal solicitó que se confirmara la sentencia recurrida pero la Audiencia la revoca de manera firme y deja sin efecto el fallo que les condenó por delitos de desordenes públicos por el que venían acusados.

Después de que el Gobierno decidiera mantener el año pasado el artículo del Código Penal que castiga a los piquetes, esta sentencia rechaza con rotundidad la del juzgado de lo penal y afirma que “de la prueba practicada no se puede afirmar con la rotundidad que requiere una sentencia de condena que los acusados impidieran el acceso de estudiantes, profesores y trabajadores al recinto universitario”. De hecho, un policía que declaró como testigo en el juicio oral dijo que todas las personas que quisieron entrar en el recinto lo hicieron con su ayuda. El juicio contra 13 personas (siete ya fueron absueltas en primera instancia) se celebró en octubre de 2014 y la defensa de los recurrentes la ha llevado la cooperativa Jarsia Abogados y la asesoría del Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT). 

La sentencia tampoco da por probado, como sí hizo el fallo del juzgado, que los acusados impidieran entrar a la Universidad o zarandearan a un profesor, así como que los manifestantes intentaran bloquear una de las puertas de acceso al interior de la Universidad. Tampoco se ha acreditado que se causara lesiones a las personas que pretendían entrar “ni siquiera que fueran zarandeadas”. La setencia insiste: “todas las personas que quisieron entrar en el edificio lo hicieron”.

“El derecho fundamental a la huelga no puede ser limitado por actuaciones policiales”

“Es cierto que los acusados con su conducta en el marco de una huelga general alteraron la vida cotidiana de los trabajadores, estudiantes y profesores de la Universidad Hispalense, que no pudieron acceder al edificio por el lugar que habitualmente lo hacían ni con la tranquilidad y sosiego de costumbre a causa de la presencia de los piquetes de información de la guisa que se relata en los hechos probados de esta resolución, pero entendemos, por las razones expuestas que no se alteró la paz publica”, resume la sentencia, que incide en que “la sentada y los gritos pro huelga general que sin duda se efectuaron no tienen la trascendencia suficiente para considerar que son constitutivos de un delito de desordenes públicos”.

Uno de los abogados de las defensas, Luis de los Santos, señala que la sentencia recoje que los policias nacionales “se contradijeron durante todo el procedimiento”. “Casualmente únicamente imputaron a activistas reconocidos de la ciudad de Sevilla, algunos de los cuales ni siquiera fueron identificados ese día, con lo cual únicamente puede explicarse con la existencia de listas negras de activistas políticos y sindicales”.

El letrado considera que “el derecho fundamental a la huelga no puede ser limitado por actuaciones policiales, ya que en el marco de la huelga puede alterarse la tranquilidad y el sosiego de costumbre a causa de los piquetes de información”. “Entendemos que la policía restringió este derecho y que como tal debería ser investigado por Subdelegación de Gobierno”, apunta De los Santos.

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