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Sentencia agridulce para la primera demanda colectiva de víctimas del amianto

Afectados y familiares se concentraron en los juzgados de Sevilla por la demanda colectiva contra Uralita por los daños del amianto.

Javier Ramajo

El primer juicio colectivo de extrabajadores de Uralita afectados por el contacto con el amianto, celebrado el pasado junio en Sevilla, ya tiene sentencia. El fallo no ha dejado totalmente satisfechos a los demandantes, ya que deja sin indemnización a casi la mitad de los 26 antiguos empleados de la fábrica que conformaban la reclamación colectiva. El juzgado, que entiende que la responsabilidad de la empresa ha prescrito en muchos de los casos ya que la demanda se presentó a destiempo, reconoce el daño ocasionado a la salud de los trabajadores por su exposición al producto mineral y la no adopción por parte de la multinacional de medidas suficientes de prevención e higiene.

La sentencia, adelantada por El Correo, considera que Uralita actuó negligentemente pero no considera aplicable el baremo de accidentes de tráfico para fijar las indemnizaciones, que han ascendido a unos 350.000 euros, lejos de los 2,2 millones que solicitaban en total los demandantes. La intención de la defensa de los trabajadores es acudir al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y recurrir el fallo judicial de primera instancia.

Cuatro de los demandantes murieron tras el inicio del proceso civil en 2010 y fueron sus familiares los que acudieron en su representación al juicio. Esta misma semana ha fallecido otro de los empleados de la fábrica de Bellavista, cerrada desde 1999. Las distintas vías judiciales contra Uralita se iniciaron en 2003 y la Asociación de Víctimas del Amianto (Avida) de Andalucía seguirá luchando para que la empresa pague las consecuencias derivadas del contacto con el amianto, según fuentes de los trabajadpres.

Fuentes de Uralita citadas por Europa Press han valorado la sentencia ya que la cantidad impuesta por el juez a la empresa implica una reducción sustancial de la reclamada por los antiguos trabajadores. Sobre la posibilidad de recurrir el fallo, indicaron que no hay decisión definitiva y que la empresa aún lo está valorando.

Según la defensa de los trabajadores, la empresa puede vender la sentencia como un triunfo que no es tal, confiando en que el TSJA dicte resoluciones en el mismo sentido que los juicios individuales, favorables a los trabajadores.

La legislación contempla un listado de enfermedades profesionales, entre las cuales aparecen asociadas con trabajos expuestos a la inhalación de amianto la asbestosis (asociada o no al cáncer de pulmón), carcinoma primitivo de bronquio o pulmón por asbesto y mesotelioma por asbesto.

España, a través de la Orden de 7 de diciembre de 2001, transpuso la Directiva Comunitaria 1999/77/CE, por la que se prohíbe el uso y comercialización de todo tipo de amianto y de los productos que lo contengan. Uralita, que llegó a contar con una plantilla de mil trabajadores en su fábrica de Sevilla, siempre ha defendido que ha cumplido con la legislación específica en materia de amianto y de tipo medioambiental, pidiendo en los numerosos juicios planteados ser eximida de su responsabilidad alegando que, antiguamente, no existía una normativa que le obligara a adoptar medidas.

El Parlamento vasco aprobó recientemente que estudiará la creación de un fondo de compensación para trabajadores afectados, por el que también luchan en Andalucía. En diciembre de 2004, el Parlamento de Andalucía instaba al Consejo de Gobierno de la Junta a participar activamente en el Grupo de Trabajo Amianto, creado en Madrid en 2002, así como incorporar a Avida al grupo de trabajo constituido en Andalucía, según la Proposición no de Ley aprobada el 30 de octubre de 2001.

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