La absolución de Lopera, nuevo revés a las tesis judiciales de Mercedes Alaya en mitad del juicio de los ERE

Alaya llega a la Audiencia tras acceder los encausados por los ERE y justo a la hora fijada para el juicio

Javier Ramajo

La absolución del expresidente del Real Betis Manuel Ruiz de Lopera conocida este jueves es uno más de los casos mediáticos que, desde el punto de vista penal, ha quedado en nada después de años de procedimiento judicial, al menos en sentencia de primera instancia. Pero tiene un punto en común con otros de indudable recorrido mediático: su instructora, Mercedes Alaya. La jueza, ahora en la Audiencia de Sevilla, dirigió otras macrocausas como la de los cursos de formación en 2016, la venta de los terrenos de Mercasevilla en 2017 o el presunto cohecho por parte del exdelegado provincial de Empleo de la Junta, también en el caso Mercasevilla, absuelto por el Tribunal Supremo en 2014.

Los ERE, ¿“gran plan” o “gran fraude”?

La sombra de Alaya es alargada. La jueza no tardó en retomar protagonismo, ya desde la distancia, en el caso que sin duda más recorrido judicial, y sobre todo político, le ha correspondido: los ERE. Al segundo del juicio, Alaya puso en duda la imparcialidad del TSJA en los posibles recursos a la futura sentencia diciendo que “un tercio de sus miembros ha sido elegido por el Parlamento autonómico”, una errónea “incertidumbre” ya que el alto tribunal andaluz no puede resolver tales recursos.

Durante el desarrollo del juicio de los ERE, y dentro de los argumentos de defensa que cada acusado puede utilizar, en los pasillos de la Audiencia algunos acusados comentan entre dientes que se trate de “un juicio politizado y viciado de origen” tras siete años de instrucción previa. “A ver quién se atreve a pinchar el globo porque, ¿de qué se nos está acusando?”, se preguntaba un exalto cargo de los 22 que se deben sentar en el banquillo de los acusados durante meses. Sólo la sentencia dirá si hubo “un gran plan” o “un gran fraude”, parafraseando al expresidente Griñán.

Lopera, sin beneficio propio

Pero volviendo al caso Betis, el empresario Luis Oliver, ahora absuelto, llegó a interponer una querella criminal a la jueza Alaya por la posible comisión de un delito continuado de prevaricación, que finalmente fue inadmitida por el TSJA al entender que las decisiones de la jueza se hicieron “conforme a una determinada interpretación de la norma aplicable en cada caso y que en manera alguna pueden ser consideradas como arbitrarias o ilícitas”.

En 2014, Alaya procesó a Lopera y a otras siete personas, después de seis años de investigación, por un “plan preconcebido” utilizado “en perjuicio de la sociedad y en su propio beneficio”. El delito de apropiación indebida, como el de administración desleal, precisa de ánimo de lucro o distracción a terceros en cuyo beneficio se actúa, algo que “tampoco resulta acreditado” a juicio de la Audiencia, según la sentencia absolutoria para todos los acusados.

Salvando las lógicas distancias, el caso Betis y el caso de los ERE, a ojos de la instructora, estaba lleno de “cooperadores necesarios” que actuaban “en connivencia” para la comisión de un “fraude”. Así constaba textualmente en el procesamiento de Lopera y no muy lejano en la argumentación estaba la instrucción de los ERE. Otra cosa que les une, de alguna forma, es José Antonio Lacalle, presidente del tribunal del juicio que está celebrando la Audiencia. Respaldó en muchos recursos la tesis acusatoria de Alaya contra Lopera cuando resolvía los recursos desde la Sección Primera hasta que fue apartado del caso cuando el abogado de Lopera apreció que era sobrino del vicepresidente de una de las acusaciones, en concreto de la Liga de Juristas Béticos.

Mercasevilla y los “daños colaterales”

Por su parte el caso Mercasevilla, que tiene aún varias puntadas por cerrar desde el punto de vista judicial, se cerró hace unos meses con la absolución de una decena de acusados en la 'pata' con mayor trascendencia politica a nivel local, por la repercusión mediática dados sus implicados (el que fuera primer teniente de alcalde en la 'era Monteseirín', Antonio Rodrígo Torrijos -IU- y el también concejal, en este caso del PSOE, Gonzalo Crespo).

Alaya se hizo cargo durante cinco años de la investigación de la adjudicación de los suelos del mercado central de abastos que, al conocerse el fallo absolutorio, despertó las iras de los abogados de la defensa, muy explícitos a la hora de denunciar por los “daños colaterales” causados durante largo tiempo a los acusados debido a una “inquisitiva” instrucción. Este hecho también levantó las quejas de los partidos más 'castigados' por el proceso, que aludieron al “linchamiento político” sufrido por los ahora absueltos.

El único de estos macroprocesos relacionados con Mercasevilla que hasta entonces había sido juzgado tampoco se correspondió con lo dicho por la jueza Alaya durante la investigación, al menos en lo que se refiere a la acusación contra el único de los exaltos cargos de la Junta implicados en las ramas judiciales de Mercasevilla. Se trató de la instrucción del procedimiento de tribunal de jurado por delito de cohecho contra Antonio Rivas (exdelegado de Empleo la Junta), Fernando Mellet y Daniel Ponce (exresponsables de Mercasevilla), a quienes la Audiencia Provincial condenó en 2012. El TSJA confirmó la sentencia en 2013 pero en junio de 2014 el Tribunal Supremo anuló la condena al ex alto cargo de la Junta y mantuvo las de Mellet y Ponce.

Archivo de los cursos

Y el otro asunto, junto a los ERE, que salpicó de lleno a la Junta de Andalucía fue el de las presuntas irregularidades en los cursos de formación financiados con fondos públicos andaluces, que no llegó siquiera a juicio. Como se recordará, la jueza Núñez Bolaños, en contra del criterio mantenido por Alaya cuando inició la instrucción, no observó un ilícito penal. Poco antes, Alaya desprestigió a su sucesora para quedarse con ésta y otras macrocausas. El criterio de ambas era totalmente diferente a la hora de catalogar la gestión de los cursos y las subvenciones públicas: de una “red de clientelismo político” a, si acaso, “posibles irregularidades administrativas”.

Dijo la jueza en el auto de sobreseimiento que la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil “construye” sobre la base de la falta de documentación en los expedientes detectada por los interventores en sus informes especiales una “hipótesis o teoría” para la elección de los beneficiarios, dando pie a la teoría mantenida por Alaya de conceder arbitrariamente las subvenciones y crear una red de 'clientelismo político'.

Etiquetas
stats