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Archivada la causa contra el alcalde de La Algaba por el contrato adjudicado que le “salió de la polla”

El alcalde de La Algaba niega amaños y ve "trama-trampa" tras las grabaciones

Europa Press

La juez de Instrucción número 3 de Sevilla ha archivado la causa abierta por presuntos delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos contra el alcalde de La Algaba, Diego Manuel Agüera Piñero (PSOE), a raíz de la grabación donde el primer edil hablaba de la adjudicación de contratos a un empresario por el hecho de ser el padre de una militante socialista.

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la juez recuerda en primer lugar que la Audiencia Provincial de Sevilla decretó la nulidad y expulsión del procedimiento de la grabación en soporte CD que, aportada junto con la denuncia inicial, dio origen a la causa, al entender que se ha “vulnerado” el derecho fundamental al secreto de las comunicaciones.

La juez Patricia Fernández Franco, en este auto fechado el día 10 de julio, considera que, “de los datos que constan en las actuaciones, no aparece debidamente justificada la perpetración de delito que deba perseguirse ante la jurisdicción penal”, por lo que decreta el sobreseimiento provisional de las actuaciones.

Y es que la tutela penal, en el presente caso, “exigiría acreditar” que la contratación de carros de basura y equipos de baldeo objeto de investigación “se otorgó a sabiendas de su injusticia, por razones de amistad y/o afinidad política y en perjuicio del erario público”.

Así, la juez investigaba las presuntas irregularidades en la contratación de determinadas partidas por el Ayuntamiento de La Algaba, y en concreto la adquisición de dotación y equipamientos y bienes inventariables correspondientes a 2010, financiada con cargo a una subvención otorgada por la Diputación el 13 de agosto de ese año para la adquisición de diez carros de basura y un equipo de baldeo móvil.

La instructora precisa que la investigación “se centró en aclarar si dicha contratación pudo hacerse con fines de enriquecimiento de la empresa de la que eran titulares” las hermanas Elisa Isabel y Dolores Fátima Cano Gallardo, “tras haberlo ofrecido verbalmente al padre de estas, aún suponiendo ello, mayor coste para el Ayuntamiento”.

De este modo, cuestiones como “la inmediatez con la que se amplía el objeto social de la entidad Materiales de Construcción Romecan, el hecho de que ya antes se le hubiera ofrecido esta partida de contratación si su objeto social no incluía esta materia”, así como “las irregularidades en la entrega de los carros y el eventual sobrecoste vinculado a esta operación, justificaron que se practicasen todas las diligencias desarrolladas hasta la fecha para un completo esclarecimiento de los hechos”.

LA GRABACIÓN

“La decisión adoptada por la Audiencia Provincial de Sevilla --en un auto del que fue ponente la juez Mercedes Alaya--, por lo que a la grabación adjuntada a la denuncia se refiere, obliga a excluir de este procedimiento el contenido de dicha grabación, incluso en los aspectos que pudieran estar relacionados con la citada contratación”, alega la magistrada en este auto consultado por Europa Press.

La juez archiva la causa “en atención al importe de la contratación cuestionada, debiendo excluirse de la investigación los aspectos incluidos en la grabación” que acompañaba a la denuncia origen de la causa, “y pudiéndose confirmar por el resultado del informe pericial practicado que el equipo de bancada de baldeo de calles y los diez carros de barrenderos fueron efectivamente entregados a la corporación municipal de La Algaba, habiendo sido objeto de utilización por parte de la misma hasta el día de hoy”.

La Audiencia, además de anular la grabación, también decretó la nulidad y expulsó de la causa la transcripción que de la misma se hubiera realizado, así como de las pruebas que “obtenidas a través de la misma así se considere por la instructora en virtud del control de la conexión de antijuricidad que debe realizar en todas las diligencias de investigación practicadas entre el contenido de la grabación y las diligencias derivadas”.

“ILÍCITA”

En su recurso, al que se opuso la Fiscalía, la defensa del alcalde, ejercida por el abogado Juan Silva, consideraba que la grabación es “ilícita” en cuanto que se ha obtenido “violentando” un derecho fundamental como es el referente al secreto de las comunicaciones “que protege el secreto de las comunicaciones frente a terceros ajenos a ella”.

A juicio del abogado de Diego Manuel Agüera, existe vulneración “no en la grabación, sino en la utilización de la misma por el denunciante”, a lo que se suma la vulneración del artículo 24.2 de la Constitución Española en cuanto al contenido “anti incriminatorio” de la grabación.

El pasado mes de enero, el alcalde compareció como investigado ante la juez y defendió que el Ayuntamiento adjudicó a la oferta “más ventajosa económicamente”, es decir, “a la más barata”, el contrato promovido en 2010 para comprar diez carros de basurero y un equipo de baldeo móvil.

Así, el alcalde explicó que merced a los pliegos del concurso, “entregados” al juzgado en el marco de la investigación, la mesa de contratación del Ayuntamiento de La Algaba, conformada por dos funcionarios habilitados nacionales y presidida por el propio primer edil, habría propuesto la adjudicación del contrato a la citada empresa, perteneciente a las hermanas Elisa Isabel y Dolores Fátima Cano Gallardo, extremo finalmente “ratificado” en el seno de la junta local de gobierno.

CONTRATACIÓN “PERFECTA”

En ese sentido, defendió que el procedimiento de contratación fue acometido “perfectamente”, o sea conforme a derecho, exponiendo que si en la documentación median dos facturas por el mismo concepto, fue porque la primera hubo de ser anulada por una incidencia contable relativa a la fecha de la emisión a finales de diciembre de 2010 y el hecho de que el pago del contrato fue acometido ya a comienzos de 2011.

Según el primer edil, la factura inicial fue “anulada” y fue emitida una nueva factura, ya con fecha de 2011, para facilitar el pago, toda vez que sólo hubo un abono del concepto y la maquinaría comprada fue “entregada” por la empresa y “recepcionada” por el Ayuntamiento.

En la conversación grabada y elevada a los juzgados, de cualquier modo, el alcalde de La Algaba trasladaba a una empleada municipal y militante socialista que en ese municipio “se está a los pies del PSOE”, señalando que el Ayuntamiento adjudicó al padre de esta mujer un contrato municipal porque a él le salió “de la polla”, porque había “más de 40 empresas” pujando por dicho contrato.

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