La primera sentencia de un juzgado andaluz especializado en cláusulas suelo respalda al hipotecado

Los juzgados andaluces especializados en cláusulas abusivas inmobiliarias han ingresado 12.000 demandas

Javier Ramajo

El Juzgado de Primera Instancia 10 bis de Sevilla, especializado desde el 1 de junio en los litigios relacionados con las cláusulas suelo a raíz de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 21 de diciembre de 2016, ha dictado la primera sentencia conocida en Andalucía por parte de los organos específicos creados por el Consejo General del Poder Judicial, uno por provincia. En este primer caso resuelto se le ha dado la razón al consumidor sin ni siquiera llegar a juicio, al allanarse antes la entidad bancaria demandada, es decir, acceder a lo que se le reclama.

La sentencia nº 1/17, a la que ha tenido acceso este periódico, estima íntegramente la demanda interpuesta por el consumidor, declarando nula la cláusula financiera del préstamo con garantía hipotecaria suscrito por un particular en octubre de 2002, manteniéndose la vigencia del contrato sin la aplicación de los límites de suelo de 4,50% fijado en aquella, según explica el juzgado en el fallo, fechado el 13 de septiembre.

El fallo condena a la entidad bancaria (Banco Popular Español, en este caso) a la devolución de las cantidades, a determinar en ejecución de sentencia, sobre las bases de las sumas reales que se han abonado y las que se abonen durante dicho periodo conforme a la cláusula discutida, y su diferencia con lo que se hubiera debido cobrar sin aplicación del suelo del 4,50% conforme a la fórmula pactada de tipo variable.

Asimismo, la entidad deberá indemnizar al consumidor por los daños y perjuicios causados, sumando el interés del dinero a las cantidades pagadas de más, así como los que legalmente correspondan. La parte demandada deberá abonar las costas causadas en la tramitación y decisión de este procedimiento, explica la sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante la Audiencia de Sevilla.

Javier Giráldez Calzado, titular del bufete Giraldez Calzado Asesores S.L., explica a este periódico, tal y como recoge la sentencia, que la entidad bancaria se allanó ante todas las pretensiones del demandante. La sentencia, a su juicio, “arroja bastantes datos respecto de cómo va a actuar este nuevo juzgado”.

El caso que ha llevado se corresponde con aquellos en los que los hipotecados, prestatarios o clientes han firmado pactos internos con el banco para reducir el importe de la hipoteca en algunos periodos. “Esta circinstancia suele ser un obstáculo en los juzgados, ya que es un motivo de defensa para el banco, pero en esta ocasión la entidad ha perdido el pleito al aceptar las pretensiones del demandante”, explica. La sentencia, en este sentido, aprecia “mala fe” en la entidad bancaria.

Según señala el letrado, despúes de rechazar el requerimiento previo extrajudicial, el banco solicitó que no le impusieran las costas del procedimiento por aplicación del nuevo RD 1/2017, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, del que “se están beneficiando las entidades financieras para atrasar todo lo posible el pago a los clientes”, según comenta. “A pesar de ello, nos opusimos, y el juzgado ha dado la razón al consumidor, de forma que al cliente no le costará dinero la reclamación, pues los gastos los abonará el banco”, añade.

Sentencia pionera de unos juzgados colapsados

Respecto a otras sentencias en otras provincias andaluzas, al ser un asunto tan novedoso y que los juzgados llevan menos de tres meses funcionando, el abogado afirma que no constan casos similares en las bases de datos que sirven la estadística al respecto. En otros lugares de España, algunas sentencia dictadas por este tipo de juzgados ya ha trascendido, como una muy reciente en Madrid. Las demandas más habituales en Sevilla están relacionadas con la reclamación de los gastos de constitución de la hipoteca, concreta el abogado.

Precisamente de esa “oleada de demandas” se facilitaron datos por el Consejo General del Poder Judicial y por el Ministerio de Justicia este fin de semana pasado. De hecho, el número de demandas presentadas entre los pasados 1 de junio y el 8 de septiembre en los Juzgados de Primera Instancia de Andalucía especializados en estos litigios ascendió a 12.448.

Por provincias, Sevilla es la que más demandas de este tipo ha recibido en sus juzgados especializados con 2.946, le sigue Málaga con 2.177 y Granada con 1.580. En cuanto al resto de provincias andaluzas, Cádiz ha recibido 1.440 demandas, Jaén ha llegado hasta 1.428, Huelva hasta las 1.150, Córdoba a las 940 y Almería a las 787.

El pasado 1 de junio se puso en marcha el plan de urgencia aprobado por el Consejo General del Poder Judicial ante el previsible aumento de litigios sobre cláusulas abusivas en escrituras hipotecarias como consecuencia de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 21 de diciembre de 2016 en relación con las cláusulas suelo.

El plan consiste en la especialización de Juzgados de Primera Instancia -uno por provincia en la península y uno en cada una de las principales islas de los archipiélagos canario y balear-, que desde entonces conocen, de manera exclusiva y no excluyente, de los litigios relacionados con las acciones individuales sobre condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física. Estos asuntos se refieren, entre otros, a cláusulas suelo, vencimiento anticipado, intereses moratorios, gastos de formalización de hipoteca o hipotecas multidivisa.

Etiquetas
stats