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Un total de 15 bebés fueron dados en adopción en 2016 en Andalucía

Un total de 15 bebés fueron dados en adopción en 2016 en Andalucía

Europa Press

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Un total de 180 bebés -15 en Andalucía- fueron entregados en adopción el pasado año en España, según datos facilitados por las comunidades autónomas a Europa Press. Esto hace que pese a ser la comunidad autónoma más poblada, no esté entre las que más renuncias han tenido el último año. De hecho, la primera en el ranking es Madrid, con 35 menores dados en adopción; seguida por Cataluña, con 33; País Vasco, con 19; y Galicia, con 16. Tanto Andalucía como Castilla y León tuvieron 15 casos, situándose pues en la quinta posición.

Por detrás figuran Comunidad Valenciana, con 11; Baleares, con 8; Aragón y Canarias, con 7; Castilla la Mancha, con 4; Murcia y Extremadura, con 3; y Navarra, con 2. Por el contrario, Cantabria, Asturias y La Rioja no registraron ninguno.

La decisión de dar a un bebé en adopción es totalmente legal y no tiene ningún tipo de consecuencias penales para los progenitores. Sin embargo, el abandono en la calle sí que se considera delito según el artículo 229 del Código Penal. “El abandono de un mejor de edad o una persona con discapacidad necesitada de especial protección, será castigado con la pena de prisión de uno a dos años”, reza. Es más, en el caso de que ese abandono fuera realizado por los padres, la pena de cárcel se incrementa, suponiendo un castigo de entre 18 meses y tres años. Y si además el abandono implica un peligro para la salud del pequeño, el castigo podría ampliarse hasta los cuatro años.

Para dar un bebé en adopción, el primer paso, antes del nacimiento, es avisar al centro de servicios sociales de la ciudad y del distrito donde se resida para dar los datos personales y explicar los motivos que han llevado a tomar dicha decisión. Éstos notificarán el caso a los servicios de protección de la infancia, dependientes de los gobiernos de cada comunidad autónoma, para que el niño sea inmediatamente tutelado y protegido cuando nazca.

La entrega del pequeño deberá hacerse justo después del parto, momento en el que el recién nacido será trasladado al servicio de neonatología del hospital y la madre a una habitación aparte. En todo caso, los progenitores tendrán derecho a conocer el sexo de su bebé y la posibilidad de visitarlo durante los días que la madre permanezca en el hospital.

Después del parto, la madre deberá firmar un documento de renuncia de potestad del menor, proporcionado por un trabajador social y un jurista que se desplazarán al hospital, en el que conste si desea ser informada de la situación del pequeño en un futuro y de las causas por las que ha decidido entregar a su hijo en adopción. Una vez que el menor recibe el alta médica, éste será recogido por los servicios de protección a la espera de una familia adoptiva.

Las autoridades establecen un periodo de reflexión que se ha ampliado recientemente con arreglo al Convenio Europeo de Adopción, que establece que la madre biológica cuenta con un mes y medio para dar marcha atrás en la decisión de entregar a su hijo.

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