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Tres profesores ganan la batalla a la Universidad de Málaga: deberá readmitirlos tras 35 años encadenando contratos temporales

Estudiantes realizan la prueba de acceso a la universidad.

Néstor Cenizo

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Después de 35 años dando clase a tiempo completo en la Facultad de Medicina, Jorge Molina se encontró fuera de las aulas a pocos años de su jubilación. Fue cesado justo cuando expiró su último contrato temporal como ayudante doctor. Con 61 años cumplidos, se encontró en la calle de un día para otro, con un agradecimiento por los servicios prestados. Ahora, el Tribunal Supremo le ha dado la razón, a él y a otros dos profesores despedidos por la Universidad de Málaga después de tres décadas encadenando contratos temporales. El Tribunal Supremo concluye que la universidad utilizó esos contratos en fraude de ley porque cubría necesidades permanentes y estructurales. Los tres han llevado durante años el peso del departamento de ginecología y obstetricia de la Facultad de Medicina.

Es el fin de un periplo judicial que ha durado tres años. Fueron despedidos en 2017 y en febrero de 2018 ganaron en primera instancia: la universidad fue condenada a indemnizarles con unos 120.000 euros o a readmitirlos. Pero la Universidad de Málaga recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y ganó. Ahora, el Tribunal Supremo vuelve a la resolución inicial en tres sentencias (una por cada afectado) dictadas con apenas una semana de diferencia : enmienda al TSJA y declara que los despidos son improcedentes. Para el Sindicato de Apoyo Mutuo (SiAM), que ha asesorado a Molina, las sentencias sientan un precedente frente a la contratación temporal abusiva en las universidades.

Los tres profesores fueron contratados por la Universidad de Málaga por primera vez en 1982. Durante 35 años, ejercieron su actividad casi ininterrumpidamente y, excepto en un caso autorizado, a tiempo completo. En este tiempo, pasaron por casi todas las figuras posibles: encadenaron contratos de profesor ayudante, profesor colaborador y profesor asociado, a veces de un año de duración. Terminaban un contrato temporal y al día siguiente estaba en vigor uno nuevo. El 1 de mayo de 2012 firmaron su último contrato laboral de cinco años. Se les contrató como profesores ayudantes doctores, una figura introducida por la LOU. Al llegar el 30 de abril de 2017, la universidad les comunicó el cese, aunque tuvo que readmitirlos en 2018 para aplicar la sentencia de primera instancia.

La ley recoge que la figura de ayudante doctor responde a “la necesidad de completar la formación”. Pero en profesores con más de tres décadas de experiencia docente “en modo alguno cumplió su finalidad”. Es “impensable” que necesitaran “un período tan dilatado para completar su formación científica”, según los magistrados.

Las sentencias concluyen que cubrían necesidades “permanentes y duraderas” de la universidad, “vulnerando la normativa reguladora de dichos contratos temporales”. El Tribunal Supremo recuerda que el ámbito universitario no es “un espacio inmune” al cumplimiento de la normativa sobre contratación temporal.

“Que te digan después de 35 años que te quedas en la calle no es justo”

En realidad, estos tres profesores llevaban más de una década haciéndose cargo del grueso de la carga docente de su departamento. La universidad no saca nueva plaza de catedrático de la especialidad desde 1982 y el último se jubiló en 2005. Hace siete y cinco años se jubilaron los dos profesores titulares. Con dedicación completa quedan ellos tres y un doctor a tiempo parcial que ejerce en el Hospital Materno. Hay, además, ocho profesores asociados (es decir, cuya principal labor profesional se desarrolla en este caso en los hospitales), según admite la universidad. Los profesores cesados sienten que se les puso en la calle sin reconocer que llevan el peso desde hace más de una década. “Que te digan con 61 años que te quedas en la calle después de 35 sacando las castañas del fuego no es humano, ni justo, ni corresponde a la ley”, protesta Molina.

Asegura que cuando lograron las primeras sentencias favorables los tres trataron de llegar a un acuerdo con la universidad para volver a sus plazas, pero la universidad recurrió. La vicerrectora Yolanda García Calvente explicó entonces a eldiario.es/Andalucía que la universidad no podía ofrecerles ninguna alternativa porque ninguno de ellos cumplía los requisitos para firmar un nuevo contrato de ayudante doctor o promocionar a las restantes figuras de profesorado previstas en la LOU (contratado doctor o profesor titular). También aseguró que habían desempeñado su tarea docente de forma secundaria. El Tribunal Supremo concluye que, al contrario, la dedicación fue a tiempo completo, excepto un periodo “breve e irrelevante” en uno de los casos.

“Me da mucha tristeza, porque ha sido mi casa. Yo tengo 64 años, me quedan dos para jubilarme. Para lo poco que queda, podíamos haber buscado una solución”.

La precariedad, problema común en la universidad española

La valoración del Sindicato de Apoyo Mutuo, que ha asesorado en la estrategia jurídica de Molina, es que la decisión del Tribunal Supremo puede suponer un espaldarazo a las reivindicaciones de los miles de temporales de las universidades españolas, algunos con muchos años encadenando contratos. Durante décadas, muchas instituciones universitarias han recurrido a contratos temporales, particularmente de profesores asociados, para cubrir necesidades estructurales de profesorado e investigación.

Según García Calvente, no hay casos similares a estos entre el profesorado, porque el resto de ayudantes doctores son “conscientes” de que deben acreditarse como profesor contratado doctor o titular para continuar su carrera. La vicerrectora asegura también que la universidad ya ha reducido el peso de los contratados temporales y aplica desde hace dos años un plan de promoción de profesores asociados, recurriendo a esta figura solo cuando es “absolutamente necesario contratar a profesionales con experiencia en materias específicas”.

García Calvente resalta que la UMA está por debajo de la media en el porcentaje de profesorado asociado sobre el total del personal docente e investigador: un 17,7% en la UMA (por el 25,2% en el conjunto de España), según un informe del Observatorio del Sistema Universitario publicado en julio. Sin embargo, la cifra aumenta notablemente si se observa el porcentaje de profesores temporales sobre el total: la UMA tiene un 43,8% de profesores temporales, mientras que la media española es del 47%. 32 de las 48 universidades públicas presenciales tienen más profesores temporales de los que permite la ley, que es del 40%.

El propio ministro de Universidades, Manuel Castells, calificó la precariedad en la universidad de “escándalo” el pasado febrero. También anunció que el ministerio trabaja para establecer un nuevo Estatuto del Personal Docente e Investigador (PDI). En los últimos años el Tribunal Supremo, a su vez presionado por la jurisprudencia comunitaria, ha tratado de poner coto a esta práctica, y ha declarado que en esos casos el encadenamiento de estos contratos se hace en fraude de ley, y los trabajadores deben considerarse indefinidos.

Sin embargo, no está claro a qué figura contractual podrían adscribirse ahora estos tres profesores. No pertenecen a ninguno de los tres grupos con vinculación indefinida (catedrático, profesor titular y contratado doctor), pero los jueces han dicho que su vinculación es permanente. “Ahora me tendrán que decir qué soy”, zanja Molina.

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