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Un juzgado de Huesca condena a Ryanair a devolver a una usuaria la prima de un seguro asociado a un vuelo cancelado

La compañía aérea deberá abonar 59,94 euros

ElDiarioAragón

Huesca —

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El Juzgado de lo Mercantil 3 de Huesca ha condenado a la compañía aérea Ryanair a devolver la cuantía correspondiente a tres pólizas de seguros contratadas por una usuaria. Tras la cancelación del vuelo, la compañía aérea devolvió a la usuaria la cantidad correspondiente a los billetes sin abonar la perteneciente a dichos contratos de seguro.

La magistrada considera no acreditada la exclusión legal que justifique que Ryanair, tras la cancelación de un vuelo, no proceda a la devolución de las primas del seguro asociado a ese viaje y supone “una cláusula abusiva y un enriquecimiento injusto al apropiarse de una cuantía que no responde a servicio efectivamente prestado”.

Ryanair deberá abonar 59,94 euros con el incremento de intereses legales desde la interposición de la demanda.

En la sentencia, la magistrada apunta que “la letra de los términos generales y condiciones de transportes aportado por Ryanair D.A.C., apartados 9.2.1.3 y 10.2 no es clara, y de la misma no se deducen sin más la exclusión de la obligación de la devolución de las primas. Pese a hacer referencia a ‘tarifa abonada, impuestos asociados, tasas y recargos pagados’, no excluye de manera expresa la exclusión de la prima del seguro, comercializado y cobrado por la misma entidad”.

Además, estima que “no se ha acreditado que la actora suscribiera esas condiciones generales ni que tuviera conocimiento de la exclusión alegada por la parte”.

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