Aragón espera el visto bueno de Madrid para pagar la asistencia jurídica gratuita en las cárceles aprobada por ley hace un año
- La Ley de asesoramiento jurídico gratuito de Aragón, aprobada en octubre de 2017, contempla que los colegios de abogados asistan a mujeres, inmigrantes y presos
El 22 de diciembre de 2017 entró en vigor la Ley 9/2017, de 19 de octubre, por la que se regulan los servicios de asesoramiento y orientación jurídicos gratuitos de Aragón. Esta normativa contempla, grosso modo, que los colegios de abogados presten asistencia jurídica gratuita a mujeres, inmigrantes y presos.
En los dos primeros casos (mujeres e inmigrantes) el servicio se está dando (y remunerando a los profesionales) merced a sendos convenios rubricados con anterioridad a la aprobación de la ley. Pero la asistencia en las cárceles es competencia del Gobierno de España, y, aunque los servicios se estén prestando (los colegios llevan haciéndolo más de 20 años sin cobrar por ello), el Ejecutivo autonómico –casi un año después de que la norma entrara en vigor–sigue esperando la autorización estatal para pagarlos.
El visto bueno de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias (con la que este medio se ha puesto en contacto, sin recibir respuesta) es el último escollo, pero el retraso bebe de muchas causas.
Alegaciones de los abogados
Esta asistencia gratuita penitenciaria se ha de prestar a través de un convenio acordado por el Gobierno autonómico, el Ministerio del Interior y el Consejo de Colegios de Abogados de Aragón. El 1 marzo de 2018 se envió el primer borrador a Instituciones Penitenciarias (dependiente del Ministerio del Interior) y el 18 del mismo mes se le hizo llegar al Consejo de Colegios de Abogados.
En mayo de 2018, los abogados presentaron una serie de alegaciones al convenio, de las que se desprende, tal y como se indica en una documentación interna del Gobierno de Aragón a la que ha tenido acceso eldiario.es, “que no aceptan ninguna de las propuestas”. Se elaboró, entonces, un nuevo convenio, que estuvo listo en julio de 2018, y que recogía “parte de las alegaciones, porque había otras que, directamente, no entraban dentro de la legalidad”, apuntan fuentes del Ejecutivo autonómico.
Una de estas variaciones tenía que ver con la financiación: el primer borrador estipulaba un pago de 131.040 euros para los ejercicios 2018: 21.840; 2019: 32.760; 2020: 32.760; 2021: 32.760, y 2022: 10.920. El convenio definitivo, sin embargo, tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019, y, por tanto, solo contempla la financiación durante dos anualidades (2018 y 2019), con unos pagos bastante mayores que los propuestos: 46.537 por año.
Informe desfavorable de la Abogacía del Estado
El 2 de agosto de 2018 se mandó al Gobierno estatal el nuevo texto (con las alegaciones de los abogados) y, sin que mediara respuesta desde Madrid, el 9 de octubre el Ejecutivo autónomo lo aprobó: el certificado de dicha aprobación se hizo llegar al Gobierno de España el 23 de octubre de 2018.
Dos días después, el 25 de octubre (casi tres meses más tarde del envío del convenio), Instituciones Penitenciarias se puso en contacto con el Gobierno de Aragón para indicarle que había un informe desfavorable (de fecha 15 de octubre) de la Abogacía del Estado. Las modificaciones propuestas, se indica en la documentación a la que ha accedido este medio, “son de escasa entidad jurídica y son aceptadas”. No obstante, obligan a que el texto, una vez más, sea sometido al escrutinio del Ejecutivo para su aprobación.
El corregido convenio es de fecha 13 de noviembre y, el pasado 21 de noviembre, fue aprobado por el Gobierno de Aragón, que, de nuevo, está a la espera del visto bueno definitivo de Instituciones Penitenciarias.
“Desidia del Gobierno de Aragón”
En declaraciones a eldiario.es, Antonio Morán, decano del Colegio de Abogados de Zaragoza, mostró su “preocupación”, por lo que, a su entender, es “desidia” de la Administración aragonesa “a la hora de desarrollar correctamente la ley”. Asegura, además, que “no hay concreción ni detalle sobre cómo hay que prestar los servicios”.
Tanto el texto legislativo como el decano recuerdan que los colegios de abogados, durante más de 20 años, han prestado estos servicios. Apunta Morán que llevaban tiempo solicitando un marco legal que los amparara, y que, en un principio, pensó sacarse a concurso. Aquello, dice, “suponía una mercantilización y darle al mejor postor algo muy sensible y que los colegios llevábamos años prestando con profesionalidad y sin ánimo de lucro”. Finalmente se optó por regularlo reglamentariamente y que fueran los colegios los que se siguieran encargando.
¿Cómo son los servicios que se prestan?
La ley se aprobó, a propuesta del PP, con el objetivo de complementar las prestaciones que se incluyen en la normativa estatal, Ley 1/1996 de Asistencia Jurídica Gratuita. Contempla tres tipos de servicios: el de inmigrantes que, según el texto definitivo, “consiste en un servicio de consultas y tramitación jurídica para inmigrantes sobre derecho de extranjería, derecho migratorio y de protección internacional”, así como los “servicios de asesoramiento y la tramitación de asuntos relacionados con menores extranjeros desde el momento en que sean tutelados por la Administración de la Comunidad Autónoma”.
También comprende un servicio individualizado a mujeres, que “incluye la orientación jurídica puntual y gratuita en los temas que la solicitante plantee”. Conllevará, dice la ley, “la organización de un servicio de turno de guardia especial en todos los partidos judiciales de Aragón para asesorar a la mujer víctima de cualquier violencia desde el momento previo a la interposición de la denuncia o querella” y será prestado en coordinación con el Instituto Aragonés de la Mujer.
Por último, está la asistencia jurídica penitenciaria (que es la que falta por concretarse), a través del cual se “facilita información, orientación y asistencia jurídica sobre legislación penitenciaria, régimen disciplinario, cumplimiento de penas y medidas judiciales y derechos en general a todos los reclusos que se encuentren internos en los centros penitenciarios situados en Aragón, así como a los menores de edad internados en centros de reforma”.
Los colegios de abogados serán los encargados de prestar los servicios a través de profesionales de acreditada experiencia (tres años) y “formación especializada” conforme a los criterios de los propios colegios. El Gobierno de Aragón, dice la ley, “subvencionará con carácter finalista y con cargo a sus dotaciones presupuestarias la implantación y prestación de los servicios”.