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Cuatro años de cárcel para un hombre por darle una patada a su mujer y dejarla sin olfato de por vida

La mujer fue trasladada al hospital Miguel Servet de Zaragoza

Óscar F. Civieta

La Audiencia Provincial de Huesca ha condenado a Iulian M., de 55 años, a cuatro años de prisión y una indemnización de 57.903,58 euros por un delito de lesiones por imprudencia grave cometido contra su esposa en el bar del que eran propietarios en Monzón (Huesca). Los magistrados consideran la atenuante de confesión, pero no la de arrebato u obcecación. También se le impone la prohibición, durante nueve años, de aproximarse a su esposa a menos de 500 metros.

Consideran hechos probados que, en la mañana del 14 de mayo de 2017 –en el bar sito en Monzón–, y tras una discusión entre el matrimonio por el dinero gastado por él la noche anterior en las máquinas tragaperras, “el procesado tiró de la coleta de su esposa, haciendo que esta cayera al suelo, y, a continuación, actuando con el propósito de menoscabar la integridad física de su esposa, le propinó una patada en la cara”. Ella, relata la sentencia, logró levantarse y marcharse a casa, mientras que su marido se limitó a recoger con una fregona la sangre del suelo, “sin interesarse por el mal estado de su esposa”.

La mujer, tras pasar por su domicilio y ser convencida por su hija, se trasladó al Centro de Salud de Monzón, donde fue derivada al hospital de Barbastro y, finalmente, al hospital Miguel Servet de Zaragoza al disponer dicho centro de unidad de cirugía máxilo-facial. El procesado, a instancias de un amigo, se presentó en el Cuartel de la Guardia Civil para relatar lo sucedido (Iulian M. lleva en prisión provisional desde el 15 de mayo de 2017).

Pérdida de olfato

Como consecuencia de la agresión, la mujer sufrió una grave fractura del macizo facial, que presentó complicaciones en su evolución. La principal secuela que padece es una anosmia postraumática (pérdida del sentido del olfato). Según los médicos forenses que comparecieron en el juicio oral, la anosmia se podía considerar definitiva “si en un plazo de unos dos años la paciente no iba recuperando el olfato, pues dicha recuperación debería empezar a producirse en semanas o meses”. Afirman, por tanto, los magistrados, “que no hay constancia de que la anosmia sea susceptible de mejora, por lo que entendemos que es de carácter irreversible”.

Rechazan, no obstante, imputar la anosmia al procesado, “a título de dolo o culpa”, pues “resulta sumamente difícil, si no imposible, afirmar que el procesado agredió a la víctima con el propósito específico y directo de privarle de uno de sus sentidos corporales”, afirman en la sentencia.

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