Espacio de opinión de Canarias Ahora
Hágase la luz competencial en Canarias, dijo Paulino
Paulino Rivero habla de estas cosas por lo que le dicen. Y así va: de ocurrencia en ocurrencia.
Vamos a ver: en Canarias coexisten, frecuentemente sin orden, concierto, ni resultados eficientes varias Administraciones Públicas, que suponen un coste que la economía canaria no puede pagar. Pero esto no es nuevo, ni ese panorama caótico surgió por generación espontánea. En su origen está el deseo de poder de la clase gobernante de cabildos, ayuntamientos y, muy particularmente, de la Comunidad Autónoma. La Administración autonómica es la de creación más reciente y la que ha crecido exponencialmente, porque ha tenido la ventaja de repartir gran parte de los recursos financieros de todos. Hasta los del REF. Y ya se sabe que el que parte y reparte?
Además, cualquiera que conozca cómo es nuestro Régimen Local sabrá que los ayuntamientos y cabildos tienen una especie de competencia universal que les permite intervenir en todos los asuntos que sean de interés de los ciudadanos a los que representan. Pueden realizar actividades complementarias de las de otras Administraciones Públicas en todos los ámbitos. La Ley de Régimen Local lo autoriza (art. 28). Y al amparo de esta autorización y respondiendo a la presión de la sociedad, o al deseo de protagonismo o de poder de alcaldes y presidentes de cabildos, han puesto en marcha en tiempos de bonanza presupuestaria múltiples servicios sin reparar en que duplicaban los ya gestionados por otras Administraciones. Frecuentemente sin justificación objetiva, ni coordinación interadministrativa, ni eficiencia en los resultados. Ahora, con la crisis, lo que fueron alegrías se han convertido en apuros y llamadas de socorro.
Pero esas Administraciones Públicas son los brazos ejecutores de los gobiernos de Instituciones (ayuntamientos, cabildos y Comunidad Autónoma) que personifican y representan a entidades territoriales dotadas de autonomía: municipios, islas y la propia Canarias como comunidad política (un solo pueblo ¿recuerdan?).
Las competencias que desempeñan esos gobiernos y las Administraciones correspondientes llenan de contenido la autonomía a la que tienen derecho las entidades territoriales canarias. Sin competencias, y sin recursos para ejercerlas, la autonomía municipal, insular o la de nacionalidades y regiones es una cáscara vacía.
Por otro lado, por mucho que se empeñen los de C.i.U, sus imitadores de CC y el coro spinolítico que les hace de eco, de poco para acá, por estas ínsulas asirocadas (como decía Pepe Alemán), resulta que el régimen jurídico, competencial y financiero de cabildos y ayuntamientos no es algo que puedan definir exclusiva, ni siquiera principalmente, las Comunidades Autónomas. Sino básicamente, el Estado. Porque las entidades locales no son una mera pertenencia, ni un apéndice de las Comunidades Autónomas. Por eso las Comunidades Autónomas no tienen plena disponibilidad sobre la regulación de las entidades locales y de sus competencias. Ni las entidades locales pueden desprenderse, en plan coleguitas, de sus competencias. Porque son de atribución Legal y no renunciables.
Lo que no quieren entender Paulino and company es que los municipios y las islas, los cabildos y ayuntamientos que las representan y gestionan sus intereses y las respectivas administraciones insulares y municipales, forman parte del Estado, del edificio estatal en el más amplio sentido del término. Edificio del que también forman parte las Comunidades Autónomas. Y sobre ese edificio, la dirección política corresponde al Gobierno de España. Y la tarea legislativa principal a las Cortes Generales. Así es el sistema político y jurídico definido por la Constitución de 1978. Ésa que, por lo visto, resulta tan fácil de reformar.
Situémonos ahora en el plano más técnico-legislativo. Las competencias que hoy por hoy corresponden a las diferentes Administraciones Públicas vienen definidas por las leyes sectoriales, no por un Código General de Régimen Local o por cualquier otro. Y técnicamente no puede ser de otra manera. Otra cosa es que la legislación sectorial, es decir las leyes que regulan la sanidad, educación, servicios sociales, turismo, comercio, medio ambiente y ordenación territorial, transportes, infraestructuras etc? vayan cada una por su lado, a golpe de improvisación y sin una idea de conjunto sobre cómo debería ser la planta, la dimensión, el coste y el reparto de funciones entre ellas. Sólo esa idea de conjunto podría ser definida por una Ley general o una Ley Marco. Pero esa Ley no resolvería por sí misma el caos reinante.
El caos reinante se ha ido guisando a fuego lento y, por la propia naturaleza de nuestro sistema político y legislativo, se necesitará tiempo para desandar lo andado.
Pero este panorama tiene responsables con nombres y apellidos: los de quienes se han perpetuado como sea al frente de la Comunidad Autónoma y de las principales Instituciones del Archipiélago, sin ocuparse de esta cuestión crucial. Aunque ahora se hagan el longui.
Si esa racionalización pudiera llevarse a cabo en el Proyecto de Ley que anuncian Spínola y José Miguel Pérez, esa Ley sería un monumento legislativo tan grande como todas aquéllas leyes sectoriales juntas. Y tardaría un tiempo infinito en elaborarse. Por eso no hay nada parecido ni en los Estados centralistas. Imagínense en los Estados como el nuestro en que el poder legislativo está repartido entre el Estado y las Comunidades Autónomas según las diversas materias y, a veces, hasta sobre una misma materia.
Pero no nos preocupemos. Todo eso lo resuelve la empresa que va a buscar Paulino. Que quede claro que lo que nos cueste no importa. Al fin y al cabo, hacer milagros es caro. Pero bien merece la pena.
Santiago Pérez
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