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Espacio de opinión de Canarias Ahora

El señor de Guadalajara

Fernando Ríos Rull

Las Palmas de Gran Canaria —

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La realidad es tozuda pese a quienes quieren retorcerla a conveniencia. Los insularistas que rechazan la reforma electoral acordada en la Comisión del Parlamento de Canarias creada para tal fin (y que no pueden llevarla a cabo por Ley del propio Parlamento porque entre CC, AHI y ASG tienen minoría de bloqueo -21 votos- ya que se necesitan 2/3 de sus miembros -40 de 60-) quieren justificar ese rechazo en que se va acordar en Madrid y no en Canarias, cuando eso no es cierto.

En efecto, la reforma del sistema electoral no se hará en Madrid, pues necesita la ratificación expresa de los representantes de todos los canarios. Quien afirme lo contrario o miente o lo ignora.

Nuestro Estatuto, como todos, es una norma pactada, es decir, en contra de lo que ocurre con el resto de leyes que es obra de uno solo, en su reforma intervienen varios sujetos, el Parlamento de Canarias y las Cortes Generales (en algunos Estatutos, también intervienen directamente los ciudadanos que han de votarlo en referéndum, pero no es nuestro caso en esta ocasión).

En la reforma del Estatuto realizada en 1996, aquella en la que se introdujo unilateralmente -esa vez sí se aprobó solo en Madrid- la subida de las barreras a los infames 30 y 6%, se introdujo que tal cosa no pudiera pasar más –esas modificaciones unilaterales en las Cortes- mediante la previsión de que de cualquier modificación sustancial que se pudiera introducir en las Cortes con respecto a lo propuesto desde Canarias requiriera la ratificación en el propio Parlamento de Canarias.

Así de clarito lo dice el apartado 2 del artículo 64 al disponer que “Si las Cortes Generales, durante la tramitación parlamentaria, modificaran sustancialmente la reforma propuesta, se devolverá al Parlamento de Canarias para nueva deliberación, acompañando mensaje motivado sobre el punto o puntos que hubieren ocasionado su devolución y proponiendo soluciones alternativas, en cuyo caso el Parlamento de Canarias podrá acceder a las mismas, proponer otras soluciones o desistir de la reforma estatutaria”.

O sea, que una vez que las formaciones que pactaron la reforma en el Parlamento de Canarias enmienden el Estatuto en su paso por las Cortes, este debe volver a Canarias remitido por la propias Cortes con un mensaje que diga, más o menos, lo que sigue: enmendamos el Estatuto porque la reforma a la que hemos llegado no se puede aplicar mediante ley del Parlamento de Canarias ya que el propio Estatuto exige una mayoría tan amplia (2/3), que pese a que quienes la apoyamos somos más del 80% de los votos, el otro 18,47 % consiguió 21 escaños, lo que impide su aprobación.

Por eso no nos queda más remedio que hacerlo en el propio Estatuto, pero como se ha de ser muy respetuoso con la voluntad de los propios canarios plasmada en la propuesta inicialmente remitida, las Cortes españolas le pide al Parlamento de Canarias que ratifiquen por mayoría absoluta lo que ya han aprobado: la disminución de las barreas, la asignación de un escaño más a Fuerteventura por su aumento poblacional, y la creación de una circunscripción archipelágica en la que se elijan 9 escaños.

Esa reforma se podrá criticar por muchos motivos, pero no porque vaya a ser aprobado por un señor de Guadalajara. Este intervendrá, pero previa ratificación expresa de un señor de EL Hierro, junto a otros 38 diputados del Parlamento de Canarias.

La democracia se basa en que las decisiones las toman las mayorías y que yo sepa, incluso donde las distorsiones del sistema electoral vigente son impropias de un régimen que se quiera denominar democrático, 39 son muchos más que 21.

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