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Trampas a cabildos y ayuntamientos

Santiago Pérez / Santiago Pérez

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Cuando practican el aventurerismo quienes debieran velar por la calidad democrática (me refiero a Spínola y compañía), deben saber que en ese terreno al final acaban perdiendo ellos y, sobre todo, la democracia. Porque los que no creen en la democracia ni en el Estado de Derecho siempre estarán dispuestos a llegar más lejos y más hondo en el deterioro de principios básicos, como el de libertad informativa o el de seguridad jurídica.

Y cuando arrecian los ataques del PP -usando a destajo el Decreto-Ley para derogar derechos laborales o para asaltar TVE- los aprendices de brujo de estos pagos se quedan inermes. Amordazados por sus propias malandanzas. Porque la derecha es implacable a la hora de restregarnos a todos las inconsecuencias de quienes se dicen de izquierdas o demócratas. Y tiene medios para hacerlo.

El anuncio de que van a subir el IGIC, pero dejando fuera a los cabildos y ayuntamientos canarios del incremento de la recaudación, es hacer trampas. Ya no al adversario político, sino a entidades que están en primera línea de la atención a los canarios y sometidas a un estado de excepción financiero por la crisis. Y porque el Gobierno estatal las ha intervenido imponiéndoles un feroz Plan de Ajuste con el pretexto del pago a los acreedores.

Ese Plan de Ajuste va a obligar a reducir el alcance de los servicios públicos que gestionan por obligación legal, o para responder al fracaso de otras Administraciones (como el de la aplicación de la Ley de Dependencia). O a financiarlos a costa de los usuarios, a través de tasas, precios públicos o del copago, y no a través de los impuestos, renegando del principio esencial del Estado Social

El Gobierno de Canarias va a repetir la agachadilla de la Ley 9/2003: apropiarse en exclusiva del incremento de recaudación sobre la importación y entrega de tabaco rubio, aplicándole un tipo impositivo recargado. Pero corrigiéndola y aumentándola.

El IGIC es un impuesto indirecto técnicamente bien articulado, que permite la progresividad fiscal a base de recargar las operaciones de entrega de bienes o prestación de servicios que demuestran gran capacidad de gasto (y gusto por el lujo) en el contribuyente, manteniendo tipos impositivos muy reducidos sobre todo lo que tenga que ver con bienes y servicios necesarios para las personas o para las empresas. Y esto es lo que debería hacer el Gobierno. Y hacerlo de acuerdo con los cabildos y ayuntamientos y para reforzar los ingresos de todas las Administraciones Públicas Canarias. Y no sólo los recursos del propio Gobierno.

El Gobierno de Canarias sabe que la decisión anunciada es un atropello a un principio de lealtad institucional establecido por la tradición en materia de REF y consagrado por la Ley estatal que creó el IGIC (L. 20/1991, Disposición Adicional Octava) y por la Ley reguladora del Bloque Canario de Financiación (L. 9/2003, Artículo 10).

Sabe también que los tributos del Régimen Económico y Fiscal fueron creados “como recursos de las Haciendas Locales” del Archipiélago, “mejorando la capacidad de las mismas y llevándolas a jugar un importante papel en la promoción de la expansión económica y social de las islas”. Saben, mejor que yo, que la creación de los vigentes tributos del REF afectó a figuras tributarias del “ámbito de la imposición local”. Así de clarito lo dice la Exposición de Motivos de la Ley 20/1991.

Pero saben, sobre todo, que las entidades locales tienen garantizadas constitucionalmente su autonomía y su suficiencia financiera. Ni más ni menos que las Comunidades Autónomas.

Por eso habrá que activar al Tribunal Constitucional en defensa de la autonomía local, que también está para eso. Y no sólo para parar las prospecciones petrolíferas repsorianas. En el Ayuntamiento de mi pueblo lo voy a plantear.

Santiago Pérez

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