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Monarquía-República. Debate con bases falsas

Tony González

En las actuales circunstancias, era inevitable que la abdicación de Juan Carlos I provocase la efervescencia del debate entre monarquía y república. Y por esas mismas circunstancias, también era inevitable que el debate no fuese entre dos formas de estado, sino que contrapusiese la idea de república tal como fue la IIª y la monarquía actual.

De manera que con la idea de república se identifica en buena medida a la IIª que tuvimos en España, y la idea de monarquía con la que actualmente tenemos y las personas que la ostentan.

Siendo formas de estado que hacen referencia a la forma de provisión de la Jefatura del Estado, y no a un sistema democrático, parlamentario o cualquier otro, no deberían tener ese sesgo de ideología política. Al menos en lo que respecta a la República. Que un país con soberanía nacional que reside en el pueblo elija a su Jefe de Estado es una consecuencia natural y necesaria de esa proclamada soberanía nacional. El sistema de designación propio de la monarquía es una tradición de siglos, por lo que es bastante probable, y cierto en nuestro caso, que sea aceptado sobre todo por personas de ideología conservadora.

El sistema hereditario de designación es antiquísimo. Y abandonado desde hace siglos para la mayor parte de las ocupaciones profesionales y selecciones políticas. En la práctica es un sistema de azar en lo que respecta a las capacidades de la persona designada. Y siendo necesario elegir a los más capaces, tanto para el ejercicio de las profesiones como para el desempeño de cargos públicos, este sistema hereditario en la Jefatura del Estado no solo no lo garantiza, sino que podemos tener la seguridad de que más pronto que tarde, llegará a ellos alguna persona con capacidades muy pobres o inexistentes para el desempeño del mismo, más grave aun siendo la institución cumbre del sistema de Estado. Además, tiene el agravante de que el cargo es vitalicio, lo cual significa que la soberanía nacional residente en el pueblo ha de estar a la suerte de que el Jefe del Estado, durante toda su vida, ni siquiera pase por fases en las que tenga una actuación mala o simplemente que no sea la que la soberanía desee.

Es obvio que los mejores médicos no son simplemente los que sean hijos de médicos, sin más. Sino aquellos que han adquirido los conocimientos necesarios a través de una instrucción idónea. Por esas mismas razones, para casi todas las ocupaciones profesionales, existen planes de estudios oficiales y las titulaciones correspondientes que se obtienen tras los exámenes y pruebas pertinentes.

Siendo la política cuestión de opinión y de ideología, las democracias modernas establecen sistemas electivos, mediante sufragio libre, igual, directo y secreto, para el acceso a los cargos de representación política de la soberanía nacional, como los diputados, concejales, etc. Y esa es la razón por la que la Constitución Española actual, al igual que las contemporáneas europeas, existe este sistema electivo. Lo cual no es más que la aplicación, en la medida de lo posible, del sistema de selección por preparación e idoneidad.

Y ello está plasmado en el artículo 1.2 de la Constitución Española, que establece que la soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado. En el artículo 14, que propugna que los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Y en el 23: 1. Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal. 2. Asimismo, tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes.

El Fiscal General del Estado, Torres Dulce, dice que la Constitución es la que es, dando a entender que en ella se recoge la Monarquía parlamentaria como forma de Estado, y se regula la Corona (en el título II).

Efectivamente, la Constitución es la que es. Contradictoria. Por que además de la Corona, también recoge los tres artículos citados. Y el artículo 57.1 es palmariamente contradictorio con estos tres artículos: “La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S.M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos.” Nada que ver con los principios de igualdad de acceso a las funciones y cargos públicos, con el principio de no discriminación por razón de nacimiento o sexo, ni con el de soberanía popular, que reside en el pueblo.

Siendo los principios, derechos y deberes fundamentales citados recogidos en la Constitución el reflejo de lo que las sociedades actuales, también la española, tienen por justo, razonable e imprescindible, y la sucesión hereditaria expresión de un sistema desfasado hace siglos, por ineficaz, injusto y perjudicial, en principio es obvia la solución de la contradicción.

Pero esa contradicción, en la legalidad vigente, ha de resolverse conforme a lo recogido en la propia Constitución para su reforma, artículos 166 a 169, que establece un sistema en el que es la soberanía nacional la que expresa su voluntad o no de reformarla.

La Constitución actual fue expresión de la soberanía nacional residente en el pueblo de 1978, que en buena medida ya no es el mismo que 36 años después, 2014, por que han cambiado muchísimas personas y la sociedad en sí misma. ¿Por qué ese empeño en que las decisiones que actualmente se debaten sean tomadas por unos pocos, decenas todo lo más, que dirigen los dos grandes partidos políticos, y no sea consultado el pueblo para que exprese su voluntad, ejerciendo así la soberanía que tiene?

Es lo que refleja a los dos grandes partidos como lo que son: partitocracia conservadora de su statu quo, alejados de la ciudadanía y sus intereses. La política antigua, anclada en el pasado. En cuestiones monárquicas el pasado de hace siglos. En cuestiones de partidos, el presente sistema de partidos corrompido.

La soberanía nacional residente en el pueblo ha de ser real. Real de cierta, no de reyes.

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