La UD, condenada a pagar 540.911 euros a Urquijo

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha dictado un auto en el que ratifica y declara firme la sentencia que, en su día, reconoció el derecho de Iñaki Urquijo Goitia a cobrar 540.911 euros de la Unión Deportiva Las Palmas por los derechos de traspaso de los jugadores brasileños Baiano y Alvaro.

Poco después de conocerse el dictamen del Tribunal Supremo, la UD Las Palmas hizo pública una nota en la que afirmaba haber llegado a un acuerdo por el cual la entidad amarilla abonará al agente vasco los casi 600.000 euros en julio de 2010, a través de las cantidades que la Liga de Fútbol Profesional le cederá en concepto de quinielas, loterías e imagen correspondientes a esta temporada

El Alto Tribunal, además, acordó no admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la UD Las Palmas contra la sentencia del 25 de septiembre de 2007, dictada por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Las Palmas, en relación con el caso Álvaro y Baiano -el que originó que la UD Las Palmas fuera intervenida judicialmente por concurso necesario- y falla a favor del acreedor Iñaki Urquijo Goitia, además de imponer al club las costas procesales.

En la sentencia se hace constar que existió la intermediación por parte del demandado en el traspaso de los jugadores brasileños Alvaro y Baiano, que procedían del Sao Paulo y del Santos, respectivamente, y que tal actuación generó el correspondiente crédito. La UD Las Palmas alegaba que el ex presidente de la entidad Manuel García Navarro no tenía potestad para firmar el acuerdo transaccional, y que por lo tanto había un supuesto defecto de apoderamiento, y que Iñaki Urquijo no medió con los clubes en la operación de traspaso.

José Ignacio Urquijo Goitia presentó la correspondiente demanda de reclamación de honorarios que fue turnada al Juzgado de Primera Instancia número 10 de Las Palmas de Gran Canaria que incoó el juicio ordinario.

Acuerdo transaccional

En dicho procedimiento se presentó acuerdo transaccional fechado a 10 de febrero de 2004, firmado además de por el acreedor, Urquijo, por el entonces presidente del Consejo de Administración de la UD Las Palmas, Manuel García Navarro, en el que tras exponer la existencia de reclamación judicial por importe de 672.767,43 euros y reconocer que en audiencia previa habían convenido una transacción extrajudicial.

En este sentido, pactaban a fin de zanjar el pleito el libramiento y entrega por parte de la UD Las Palmas a favor de Urquijo de 16 pagarés con distintos vencimientos que mediaban desde el 30 de marzo de 2004 al 30 de diciembre de 2007 por importe total de 540.911 euros asumiendo la referida entidad las costas de dicho procedimiento que fijaron en 18.000 euros. Fue presentado ante el referido Juzgado el convenio transaccional para su aprobación y homologado por auto de 11 de marzo de 2004.

Sin embargo, la UD Las Palmas interpuso un recurso de casación contra la sentencia dictada en incidente en materia de reconocimiento de créditos. El Tribunal Supremo, en su auto, dictado el pasado 22 de septiembre y dado a conocer este martes por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, declara inadmisible el recurso de casación y firme la sentencia recurrida, sin que contra esta resolución quepa recurso alguno.

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