El transporte de mercancías con origen o destino en Canarias contará con ayudas de hasta el 100%

Terminal de contenedores en el puerto de Santa Cruz de Tenerife.

Efe

Las Palmas de Gran Canaria —

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El BOE ha publicado este lunes el Real Decreto aprobado el pasado 15 de marzo por el que se actualiza la regulación de las compensaciones de hasta el 100% al transporte marítimo y aéreo de mercancías con origen o destino en Canarias.

Este Real Decreto aclara los conceptos y el contenido de algunos de los artículos del anterior, mejora los trámites y reduce las cargas administrativas, sin que ello suponga una menor seguridad de cara a la acreditación fehaciente de esta ayuda de Estado, con la que se atiende al hecho insular.

Según se afirma en sus disposiciones generales, este Real Decreto se ajusta a los cambios normativos derivados del nuevo reglamento del Parlamento y el Consejo Europeo, relativos al aumento del porcentaje de cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional destinado a las Regiones Ultraperiféricas. Esta modificación destaca la necesidad de que los interesados presenten una solicitud previa de inclusión como potencial beneficiario del Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional de Canarias y una declaración de capacidad para cumplir con las obligaciones del documento que establece las condiciones de esta ayuda de Estado.

Otra novedad es que este Real Decreto recoge en su artículo 7.5 las reglas de acumulación entre las ayudas de funcionamiento. Los productos cuyo transporte es compensable en virtud de este Real Decreto son los originarios o transformados en Canarias, las materias primas y productos intermedios necesarios para la producción de los anteriores, siempre que no se fabriquen en el archipiélago, y el petróleo y sus derivados, originarios o transformados en las Islas. 

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