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El Santander colocó 'swaps' a una pareja de jubilados

El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Barcelona ha declarado nulos dos contratos de swaps del Banco Santander firmados por una pareja de jubilados.

Según explica la Asociación de Minoristas Afectados por Permutas y Derivados Financieros (Asuapedefin + Apymifid), el matrimonio decidió comprar dos inmuebles para luego alquilarlos y poder tener una vejez más desahogada, puesto que su pernsión era de apenas 500 euros.

Para la financiación acudieron a el banco Santander, que les otorgó una hipoteca en 2005 a 3 años y otra en 2007 a 15 años. Es en este momento que el banco le ofrece la posibilidad de contratar un swap por el valor de ambas, 500.000 euros, con vigencia hasta el 2011.

Posteriormente, el Santander le actualizó el producto que a la fecha le había dado liquidaciones positivas, alegando mejorarle las condiciones, y le amplió el nocional a 800.000? cancelando el primer producto. Además, el director le colocó un tercer swap con nocional de 500.000 euros más. Es decir, el matrimonio pasó a tener un crédito de 500.000 euros en dos hipotecas y una supuesta cobertura por un nocional de 1.300.000 euros en 2 swaps.

Tal y como se relata en los hechos de la sentencia, en el año 2008 falleció el marido, quedando su mujer como única socia de la pequeña empresa, viéndose sumida en una situación de déficit económico derivado del hecho de que en 2009 tuvo que pagar más de 25.000 euros y el coste de cancelación de los derivados ascendía más de 80.000 euros.

El Santander defendió en el juicio que los contratos (CMOF) eran claros y no podían inducir a error. Lo cierto es que la persona de la entidad que colocó los productos y acudió de testigo, “a la vista que tuvo los contratos y los leyó, tampoco supo cómo interpretarlos en muchos de sus puntos. Y eso que dicha persona, especialista en economía o cuanto menos dedicada profesionalmente al sector bancario y financiero, fue la que debía informar del contenido y efectos de tales convenios”.

La magistrada estima íntegramente la demanda condenando en costas, declarando la nulidad de los contratos suscritos y obligando al Santander a devolver las liquidaciones practicadas con los intereses legales correspondientes.

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