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La UE falla en contra de la legislación española sobre el IVA de buques en Canarias

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) dictaminó este jueves que los requisitos impuestos a los buques cargueros que parten de las Islas Canarias para ahorrarse el pago del IVA no se ajustan a la normativa comunitaria.

La legislación española sólo recoge la posibilidad de suprimir el impuesto para el transporte de carga en aquellos buques que estén ocupados totalmente con carga comercial.

Pero la sexta directiva de la UE sobre el IVA no hace distinción entre la carga parcial o total que dichos buques transportan.

Sobre esa base, el Tribunal de la UE ha concluido que la diferencia entre carga parcial y total carece de fundamento legal, y que las condiciones aplicadas en Canarias para la exención de este impuesto vulneran el derecho comunitario.

El caso se remonta al año 2006 cuando la empresa Navicon subcontrató a otra compañía para transportar su carga.

Navicon solicitó la exención del impuesto que contempla la legislación española, pero la administración desestimó su petición alegando que su carga sólo ocupaba parcialmente los buques contratados.

La compañía consideró injusto este trato y llevó el caso a la justicia española, que a su vez se remitió al Tribunal de la UE para aclarar si la legislación vigente se ajustaba a la normativa comunitaria.

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