Los sindicatos llamarán a la huelga si no se cambia la reforma

Los sindicatos anunciaron este viernes que convocarán una huelga general si el Gobierno no da marcha atrás en la reforma laboral remitida a los agentes sociales y a los grupos parlamentarios y la aprueba en los mismos términos el próximo 16 de junio, al considerar que recorta derechos de los trabajadores. Por lo pronto, aseguraron que convocarán un proceso de movilizaciones en todos los centros de trabajo que irá acompañado de actos sindicales.

En rueda de prensa tras reunirse con el director del gabinete del diálogo social, Alfonso Morón, los secretarios de Acción Sindical de CC.OO y UGT, Ramón Górriz y Toni Ferrer, indicaron que el texto presentado por el Gobierno “ha sido inspirado por los empresarios” y abre la puerta a que puedan “despedir más y más baratos”.

Además, criticaron que la reforma que plantea el Ejecutivo “abre en canal la negociación colectiva”, no combate la temporalidad y hace de las empresas de trabajo temporal “un negocio”. Asimismo, acusaron al Gobierno “globalizar” el contrato de fomento del empleo y reducir el indefinido ordinario hasta un mero papel “residual”.

Fondo para trabajadores

La última propuesta lanzada por el Gobierno en el marco de la reforma laboral es la constitución de un fondo de capitalización para los trabajadores mantenido a lo largo de su vida laboral por una cantidad equivalente a un número de días de salario por año de servicio a determinar.

Así consta en el documento que ha enviado el Gobierno a los sindicatos, donde se precisa que se autoriza al Gobierno a crear este fondo en el plazo de un año y previa consulta con las organizaciones empresariales y sindicales.

El nuevo fondo, similar al que plantea el modelo laboral austriaco, estará operativo a partir del 1 de enero de 2012 y se aplicará a los nuevos contratos indefinidos que se celebren a partir de esa fecha. Según el texto, el trabajador podrá hacer efectivo el abono de las cantidades acumuladas a su favor en el Fondo en los supuestos de despido, de movilidad geográfica o para el desarrollo de actividades de formación.

Las indemnizaciones a abonar por el empresario en caso de despido se reducirán en un número de días de salario por año de servicio equivalente al que se determine para la constitución del Fondo.

La parte que el trabajador no haga efectiva en el momento de producirse los supuestos señalados anteriormente será percibida por el mismo en el momento de su jubilación. Según consta en el texto, el régimen de organización, funcionamiento y financiación del Fondo se establecerá reglamentariamente. La constitución de este Fondo se incluirá en la disposición final del decreto que apruebe el Gobierno.

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