El TSJC deja en libertad provisional sin fianza al 'cabecilla' del Grupo Europa

José Manuel Antón Marín, a su salida del Palacio de Justicia. (ACOIDÁN DÍAZ)

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

El cabecilla del caso Grupo Europa esquiva, de momento, la prisión. La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dejado en libertad provisional sin fianza a José Manuel Antón Marín, propietario del Grupo Europa, que fue condenado en septiembre a cinco años de cárcel por varios delitos vinculados al pago de comisiones por valor de 240.000 euros a políticos y funcionarios del Ayuntamiento de Telde para desbloquear la construcción de viviendas de protección oficial en el municipio.

El empresario deberá acudir los días 1 y 15 de cada mes a los juzgados para firmar y no podrá salir del país sin autorización judicial, según la resolución de la Sala, que también le ha retirado el pasaporte.

La Fiscalía Anticorrupción de Las Palmas había solicitado, ante el riesgo de fuga, el ingreso en prisión eludible con una fianza de 250.000 euros para Antón Marín, que reside en Costa Rica –como él mismo reconoció en el juicio-, y que esta misma semana había acudido a una comisaría de Madrid a renovar su pasaporte. Según han explicado fuentes judiciales a Canarias Ahora, la Policía Nacional avisó de inmediato de este movimiento al TSJC, que emitió una providencia este miércoles para que tanto el propietario del Grupo Europa -que acudió a los juzgados preparado con una maleta de color verde- como otros dos condenados (José Luis Mena, exjefe de Urbanismo del Ayuntamiento de Telde, y Juan Carlos Saavedra, exgerente de la empresa pública municipal Urvitel) comparecieran al día siguiente en la Sala.

Los magistrados consideran “suficientemente justificada” la procedencia de fijar medidas cautelares contra el empresario para evitar el “fundado riesgo” de fuga, como solicitaba la Fiscalía, pero aluden a un principio de “proporcionalidad” para concluir que la retirada del pasaporte y la obligación de comparecer en los juzgados ya garantizan este objetivo y que, por lo tanto, no procede la imposición de una fianza

Para Juan Carlos Saavedra, la Sala también ha decretado libertad provisional sin fianza con la obligación de acudir a firmar cada mes a los juzgados -el día 1- y la prohibición de salir del país sin autorización. El fiscal solicitaba para el exgerente de Urvitel una fianza de 100.000 euros, la retirada del pasaporte y la firma en los juzgados el 1 y el 15 de cada mes. Saavedra, que aparece en la sentencia como uno de los receptores de las dádivas de Antón Marín, fue condenado a cuatro años y diez meses de prisión

Por su parte, la comparecencia de José Luis Mena –condenado a seis años y diez meses de cárcel por conceder la licencia y modificar el Plan General de Ordenación de Telde tras ser sobornado con 30.000 euros- ha sido suspendida hasta el martes 7 de octubre a las 09.00 horas porque su abogado no ha acudido a la cita de este jueves.

Precisamente un recurso de reposición de Mena ha provocado un cambio en la composición de la Sala. El exjefe de Urbanismo de Telde había solicitado que fuera el nuevo presidente del TSJC, Antonio Doreste –que tomó posesión el pasado 25 de septiembre- quien la presidiera. También consideraba que los jueces de adscripción territorial de Las Palmas que fueron llamados para celebrar el juicio oral y dictar la sentencia (Pedro Santiago Romero Buck-Arstad y Alejandro Navarro Hernández) no podían ser los mismos que decidieran en la fase procesal posterior.

El recurso fue estimado por la secretaria judicial y, junto a Antonio Doreste, han completado la Sala César José García Otero y Salvador Alba Mesa.

Recurso contra la sentencia

La Fiscalía Anticorrupción ha informado a este periódico que está estudiando la posibilidad de recurrir la sentencia del TSJC del pasado 3 de septiembre que absolvió al diputado del PP Jorge Rodríguez de los dos delitos de tráfico de influencia que le imputaba el Ministerio Público.

La sentencia considera probado que el parlamentario popular intercedió a favor de la empresa Grupo Europa en ayuntamientos gobernados por el PP, pero, aplicando el principio in dubio pro reo, le exime de responsabilidad penal al entender que la mediación que ejerció no fue determinante para que esta empresa ganase un concurso de gestión para promociones de viviendas sociales en Telde mediante el régimen de cooperativa.

Las partes tienen cinco días a partir de la última notificación para presentar un recurso de casación al Tribunal Supremo. Tras haberse agotado dos de estos días, algunos condenados pidieron una aclaración de la sentencia. Hasta que la Sala no resuelva estas peticiones, el plazo sigue paralizado.

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