Arranca la segunda fase del programa Kit Digital con una inversión de 500 millones de euros para pymes de tres a nueve trabajadores
Entre los importantes avances logrados en los últimos meses en materia de digitalización se ha abordado el despliegue del plan Kit Digital, cuya primera convocatoria ha sido solicitada hasta la fecha por más de 65.000 pymes de entre 10 y 49 trabajadores, aproximadamente una de cada dos empresas de este grupo. Ya se han concedido unos 18.000 bonos digitales.
Antes de finales de mes se prevé lanzar la segunda fase del plan destinada a empresas de entre 3 y 9 trabajadores, con una inversión de 500 millones de euros. En concreto, por lo que respecta a la digitalización de las pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, el Plan de Recuperación prevé destinar un volumen de inversión pública de 3.067 millones de euros en el periodo 2021-2023 para el despliegue de un conjunto de soluciones digitales ya disponibles en el mercado («Kit digital») en el tejido productivo de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo de la economía española.
El Programa Kit Digital tiene por objeto la concesión de ayudas a pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo para la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado. Los beneficiarios recibirán una ayuda en función de su tamaño, midiendo éste según su número de empleados.
El derecho de cobro que nace de la resolución de concesión se denomina «bono digital». Este «bono digital» no podrá hacerse efectivo hasta que el Agente Digitalizador, en nombre del beneficiario y siendo este el responsable último, presente la correspondiente cuenta justificativa de la realización de la actividad para la que se concede la subvención y el órgano concedente considere justificada la subvención.
Para la gestión del programa, se prevé la participación de tres tipos de agentes: (1) las empresas beneficiarias, que recibirán la ayuda para incorporar las soluciones digitales, (2) los agentes digitalizadores, que prestarán los correspondientes servicios o instalarán las correspondientes soluciones digitales y (3) las entidades colaboradoras, que en nombre y por cuenta del órgano concedente colaborarán en la gestión de las ayudas.
El beneficiario deberá emplear la ayuda concedida, cuyo derecho de cobro se denomina «bono digital», en la contratación de una o varias soluciones de digitalización de las disponibles en un Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa recogido en la plataforma Acelera pyme, formalizando para ello Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización con los Agentes Digitalizadores Adheridos.
A tal efecto, el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa ofrecerá mecanismos para tramitar las solicitudes de las entidades que quieran desempeñar el papel de Agente Digitalizador Adherido y para que éstos puedan publicar de forma transparente la referencia a su oferta de soluciones de digitalización para que estén accesibles a los beneficiarios.
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