Podemos pide la elaboración de una ordenanza de transparencia en seis municipios de la Isla

Olivia Fernández con la ordenanza presentada.

La Palma Ahora

Santa Cruz de La Palma —

La coordinadora de Podemos en La Palma informa que “en colaboración con los círculos de la Isla, ha presentado en los seis municipios que según acaba de alertar el Comisionado de Transparencia no cumplen ni siquiera con su propio grado de transparencia (El Paso, Garafía, Puntagorda, Puntallana, Tazacorte y Tijarafe), un escrito por registro oficial en el que instan a estos gobiernos municipales a la elaboración de una ordenanza relativa a esta materia, para el que esperan respuesta en el plazo de un mes”. 

Según denuncia Olivia Fernández, portavoz de la Coordinadora de Podemos, “el poco énfasis en promover la transparencia en los ayuntamientos de La Palma delata la ausencia de democracia y participación ciudadana en la toma de decisiones y los gobiernos municipales deberían esforzarse por rescatar estos méritos”. 

Tal y como recuerda el texto, dicen, “el nivel de transparencia está relacionado positivamente con la calidad de los gobiernos democráticos y de las principales instituciones de un país, porque facilita la formación de opinión cualificada y el ejercicio del control de los ciudadanos sobre la gestión de sus gobernantes y la acción de nuestras administraciones, y por tanto también con el grado de participación ciudadana”. 

Por ello, exigen a estos municipios “la elaboración de una ordenanza de transparencia que tenga por objeto la aplicación y desarrollo de la transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, de la Ley territorial canaria de transparencia y de acceso a la información pública, y de la Ley sobre reutilización de la información del sector público”. 

“Una ordenanza que tenga en cuenta medidas específicas como la publicación de las declaraciones inicial, final y anuales de bienes y actividades de la persona que ostente la alcaldía, las y los concejales, personal eventual, altos cargos y órganos directivos; las agendas institucionales, los gastos protocolarios, dietas y gastos de viaje de estas personas; las resoluciones judiciales firmes que afecten al ayuntamiento, con los debidos límites que imponga la protección de los datos de carácter personal; una memoria anual de registro de contratos o la publicación de la información relativa a los contratos menores, que deberá realizarse, al menos, trimestralmente, con expresión del objeto, importe, órgano contratante y contratista, además de las modificaciones presupuestarias”.

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